VISTO: la solicitud de la empresa AGRITEC S.A., tendiente a que se amplíe
la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 21 de diciembre de 1999, por
la que se declaró promovida la actividad de su proyecto de inversión;
RESULTANDO: la empresa manifiesta la necesidad de incrementar su
producción, con el propósito de poder cumplir en tiempo y exigencias de
calidad la entrega de sus productos de uso agroindustrial;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12º de
la Ley 16.906, del 7 de enero de 1998, en base al informe y la
recomendación realizados por el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de
beneficios establecidos en la citada Ley;
II) que la ampliación del proyecto presentada por AGRITEC S.A. da
cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, del 7 de enero de
1998;
ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 del
28 de marzo de 1974 y en la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 21 de diciembre de
1999, por la que se declaró promovida la actividad del proyecto de
inversión de la empresa AGRITEC S.A. en el sentido de otorgar a la misma
la exoneración prevista en el art. 1o. del Decreto Ley No. 15.548 del 17
de mayo de 1984, con la redacción dada por el art. 419 de la Ley No.
15.903 del 10 de noviembre de 1987, hasta un monto máximo generador de
dicha exoneración, de US$ 196.921, que será aplicable a los ejercicios
fiscales comprendidos entre el 1º/06/2000 y el 31/05/2002.
En virtud del art. 3o. del Decreto Ley No. 15.548, el financiamiento de
la ampliación del proyecto no dará lugar al beneficio de canalización del
ahorro previsto en el Decreto Ley No. 14.178, art. 9o.
La empresa AGRITEC S.A. tendrá un plazo máximo para realizar las
modificaciones estatutarias y trámites que sean necesarios ampliando el
capital autorizado y emitir las acciones correspondientes al capital
integrado, de acuerdo al inciso 1o. del presente numeral, hasta el día
31/05/2003.