PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. POINTER S.R.L.




Promulgación: 24/11/1999
Publicación: 01/12/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud efectuada por la Empresa POINTER S.R.L., a fin de que
se extienda el beneficio de Seguro por Desempleo que abona el Banco de
Previsión Social a 4 (cuatro) de sus trabajadores.

RESULTANDO: I) Que por razones de disminución en la demanda de sus
productos, se dispuso el envío al Seguro de Desempleo a parte de sus
trabajadores.

II) Que en la actualidad no existe posibilidad de reintegrar a dichos
trabajadores en forma inmediata.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley Nº
15.180.

II) Que resulta de interés general el mantenimiento de la actividad
laboral, por lo que la extensión del beneficio hará posible el reintegro
de los trabajadores.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 RESUELVE

1

 Extiéndase por el plazo de 90 (noventa) días, a contar desde los
respectivos vencimientos, el amparo del beneficio del Seguro por
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 4 (cuatro)
trabajadores de la firma POINTER S.R.L. que se encuentren en condiciones
legales de acceder al mismo. 

2

 COMUNIQUESE, publíquese, etc. 

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
Ayuda