PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. FRIGORIFICO MATADERO CARRASCO S.A.




Promulgación: 04/10/1995
Publicación: 18/10/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: El planteamiento efectuado por Frigorífico y Matadero Carrasco
S.A., a efectos de que el Poder Ejecutivo conceda prórroga del Seguro
por Desempleo para 170 (ciento setenta) de sus trabajadores.

Resultando: I) Que la Empresa ha sido afectada por serios problemas
económicos, financieros y de mercado que, en general, han afectado el
conjunto de la industria frigorífica, habiéndose visto obligada a enviar
a su personal al Seguro por Desempleo.

II) Que la empresa se encuentra en receso por el período de post zafra
y que el reinicio de la actividad sólo será posible una vez finalizada la
misma, por lo que la reincorporación del personal se debe postergar.

Considerando: I) Que resulta de interés general mantener una importante
fuente de trabajo y producción transitoriamente paralizada por las razones
expuestas y dada la trascendencia que para la zona de Paso Carrasco
tiene la firma.

II) En tal sentido, se entiende conveniente conceder una extensión del
Seguro por Desempleo que abona el Banco de Previsión Social hasta el
30 de noviembre del presente año a los 170 (ciento setenta) trabajadores
que pueden acceder al beneficio,

Atento: A lo precedentemetne expuesto y a lo dispuesto por el artículo 10
del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                     El Presidente de la República

                               RESUELVE:

1

     Otórgase una prórroga hasta el 30 de noviembre de 1995 y a partir
de los respectivos vencimientos al amparo de los beneficios que otorga el
Banco de Previsión Social por Seguro de Desempleo, para los 170 (ciento
setenta) trabajadores de FRIGORIFICO MATADERO CARRASCO S.A.,
que estuvieran en condiciones de acceder al mismo. 

2

     Comuníquese, etc. 

SANGUINETTI - MARIO CURBELO
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