HOMOLOGACION DE CONVENIO. CAMBIO DE DENOMINACION. CAJA DE SERVICIOS SOCIALES Y SEGURO DE ENFERMEDAD DEL PERSONAL DE BESTFOODS S.A.




Promulgación: 02/12/2004
Publicación: 27/01/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 1300
VISTO: La solicitud formulada por la Caja de Servicios Sociales y Seguro
de Enfermedad del Personal de Industrializadora de Maíz S.A. (CASSEIMSA),
referente a la homologación de la reforma de sus Estatutos.

RESULTANDO: I) Que de acuerdo al informe de Sala de Abogados del Banco de
Previsión Social de 20 de agosto de 2003, Industrializadora de Maíz S.A.
se fusionó a Bestfoods Uruguay S.A. sin liquidarse.

II) Que el Directorio del Banco de Previsión Social por resolución de 28
de abril de 2004 resolvió elevar las actuaciones a fin de considerar la
homologación de la reforma de Estatutos de CASSEIMSA, hoy CASSEBESTFOODS

CONSIDERANDO: I) Que al producirse la incorporación por fusión de
Industrializadora de Maíz S.A. a Bestfoods Uruguay S.A. -hoy Unilever
Uruguay S.A.-, se ha producido la trasmisión a título universal del
patrimonio de la primera a la segunda, por lo que ésta se convirtió en
titular de todos los derechos y en sujeto pasivo de todas las
obligaciones que constituían el patrimonio de IMSA, incluido el convenio
colectivo suscrito con su personal el 20 de febrero de 1976 que dio
origen a CASSEIMSA.

II) Que no existe razón legal para oponerse a la reforma de Estatutos
solicitada, habiendo sido aprobada la misma por el Directorio de IMSA, el
Consejo Directivo de CASSEIMSA y el personal afiliado.

III) Que CASSEIMSA comprendía a los trabajadores de la empresa
Industrializadora de Maíz S.A., incorporada por fusión a Bestfoods
Uruguay S.A.

IV) Que de las actuaciones administrativas realizadas, surge que
Bestfoods Uruguay S.A. no tenía personal dependiente propio al momento de
la incorporación por fusión de Industrializadora de Maíz S.A., y en
consecuencia CASSEIMSA no amplió la cantidad de trabajadores
comprendidos.

V) Que actualmente la empresa Unilever Uruguay S.A. es continuadora de
las actividades de Bestfoods Uruguay S.A., y por lo tanto corresponde la
aprobación de la transformación de CASSEIMSA en CASSEBESTFOODS mediante
la correspondiente reforma de Estatutos.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto, y a lo dispuesto por el inciso
final del artículo 40 del Decreto Ley 14.407 de 22 de julio de 1975

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 RESUELVE

1

 Homológase la reforma de Estatutos de la Caja de Servicios Sociales y
Seguro de Enfermedad del Personal de lndustrializadora de Maíz S.A.
(CASSEIMSA) la cual pasará a denominarse Caja de Servicios Sociales y
Seguro de Enfermedad del Personal de Bestfoods S.A. (CASSEBESTFOODS),
como consecuencia de la fusión por incorporación de las empresa
lndustrializadora de Maíz S.A. y Bestfoods Uruguay S.A., hoy Unilever
Uruguay S.A.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen (Estatutos).

2

 Publíquese, y comuníquese al Banco de Previsión Social a sus efectos.-

BATLLE - SANTIAGO PEREZ DEL CASTILLO
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