AUTORIZACION A KIOS S.A. A PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTO DE MONTEVIDEO. PUERTO DE NUEVA PALMIRA. PUERTO DE FRAY BENTOS. PUERTO DE PAYSANDU. PUERTO DE SALTO. RESOLUCION ANP N° 1013/3.711
VISTO: la gestión promovida por la empresa KIOS S.A. ante la
Administración Nacional de Puertos.
RESULTANDO: I) Que la citada firma solicita ampliar su habilitación al
puerto de Salto en las categorías que ya le fueron concedidas por
resoluciones del Poder Ejecutivo de fechas 16 de febrero de 1994, 26 de
julio de 2000, 18 de febrero de 2004 y 15 de febrero de 2011, como también
ampliar a todos los puertos en que se encuentra operando (Montevideo, Fray
Bentos, Nueva Palmira y Paysandú) y al que se solicita habilitar, en el
Grupo "Al Buque", categoría "Amarre y Desamarre", al amparo de lo
establecido por los Artículos 14 y 18 del Decreto N° 413/992 de 1° de
setiembre de 1992, que aprueba el "Reglamento de Habilitación de Empresas
Prestadoras de Servicios Portuarios".
II) Que la Administración Nacional de Puertos, luego de analizar la
documentación presentada por la mencionada empresa, por Resolución de
Directorio N° 1013/3.711 de fecha 16 de diciembre de 2013, autorizó su
habilitación para la prestación de los servicios solicitados, supeditado a
la aprobación por el Poder Ejecutivo.
III) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de
Transporte Fluvial y Marítimo), la Dirección Nacional de Planificación y
Logística y la División Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría
Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, se expidieron al
respecto sin formular observaciones.
ATENTO: a lo dispuesto en la Ley N° 16.246 del 8 de abril de 1992 y los
Decretos Reglamentarios Nos. 412/992 y 413/992 de 1° de setiembre de 1992.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Apruébase la Resolución de Directorio de la Administración Nacional de
Puertos N° 1013/3.711 de fecha 16 de diciembre de 2013, por la cual se
autorizó ampliar a la empresa KIOS S.A., para prestar servicios en el
Puerto de Salto en las categorías ya habilitadas en el Grupo "Al Buque"
en las categorías "Remolque", "Lanchaje", "Reparaciones Navales",
"Suministro de agua", en el Grupo "A la Mercadería" en las categorías
"Graneles" y "Servicios Varios" y en el Grupo "Al Pasaje" en la categoría
"Embarque y Desembarque" y ampliar al Grupo "Al Buque" categoría "Amarre y
Desamarre" a los Puertos de Montevideo, Fray Bentos, Nueva Palmira,
Paysandú y Salto y por consiguiente su inscripción en el Registro General
de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios.