FORTALECIMIENTO DE LAS INSTITUCIONES DE JUSTICIA EN MATERIA DE GENERO PARA UN DESARROLLO EQUITATIVO




Promulgación: 19/09/2005
Publicación: 23/09/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 691
VISTO: el Proyecto "Fortalecimiento de las Instituciones de Justicia en
materia de género para  un desarrollo equitativo" (IDF Grant Nº TF
053995), que se ha venido haciendo efectivo a través de la
instrumentación del Convenio de Donación suscrito el 8 de setiembre de
2004 entre el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y la
República Oriental del Uruguay (representada por el Ministerio de
Economía y Finanzas y el Ministerio de Relaciones Exteriores) y el
Acuerdo de Implementación de dicho Convenio, suscrito por los Ministerios
de Economía y Finanzas y de Relaciones Exteriores en la misma fecha;

RESULTANDO: I) que el objetivo del Proyecto es fortalecer la capacidad
institucional del Uruguay hacia: (a) una mayor planeación estratégica y
coordinación interinstitucional que permita alcanzar metas de desarrollo
equitativo y específicamente la inclusión de las mujeres en los procesos
económicos y legales del país, y (b) la realización de actividades de
asistencia técnica y capacitación que asistan a la República en la
implementación del Primer Plan Nacional de Lucha contra la Violencia
Doméstica (2004-2010);

II) que, de conformidad con los acuerdos suscritos, el Ministerio de
Relaciones Exteriores ha venido actuando como organismo nacional ejecutor
del proyecto designándose Directora del Proyecto a la Directora de
Derechos Humanos y Derecho Humanitario, por Resolución Ministerial de 27
de setiembre de 2004;

III) que por ley Nº 17.866 de 21 de marzo de 2005 se creó el Ministerio
de Desarrollo Social, asignándosele entre otras competencias, la de
formular, ejecutar, supervisar, coordinar, programar, dar seguimiento y
evaluar las políticas, estrategias y planes en el área de mujer y
familia, incorporándose a su estructura el Instituto Nacional de la
Familia y la Mujer;

CONSIDERANDO: I) que, en virtud de las competencias asignadas por ley,
corresponde que el Ministerio de Desarrollo Social, a través del
Instituto Nacional de la Familia y la Mujer, actúe como organismo
nacional ejecutor del Proyecto "Fortalecimiento de las Instituciones de
Justicia en materia de género para un desarrollo equitativo";

II) que, a efectos de determinar, analizar y realizar el seguimiento de
las obligaciones y actuaciones que requiere la modificación del organismo
nacional ejecutor, así como el adecuado cumplimiento de las actividades
que se encuentran en proceso de ejecución, es conveniente integrar un
Grupo de Trabajo integrado por representantes de las Secretarías de
Estado involucradas en el Proyecto;

ATENTO: a lo antes expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase al Ministerio de Desarrollo Social a actuar como organismo
nacional ejecutor del Proyecto "Fortalecimiento de las Instituciones de
Justicia en materia de género para un desarrollo equitativo" (IDF Grant
Nº TF 053995), en lugar del Ministerio de Relaciones Exteriores.-

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 2.

2

 Créase un Grupo de Trabajo que tendrá a su cargo la determinación,
análisis y seguimiento de las obligaciones y actuaciones que derivan de
lo dispuesto en el numeral 1º de esta Resolución, así como de las
actividades que se encuentran en proceso de ejecución en el marco del
Proyecto.-

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 3.

3

 El Grupo de Trabajo al que hace referencia el numeral 2º de esta
Resolución estará integrado por representantes del Ministerio de
Desarrollo Social, Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de
Economía y Finanzas.-

4

 Comuníquese, notifíquese, etc.

RODOLFO NIN NOVOA - MARINA ARISMENDI - MARIA B. HERRERA - MARIO BERGARA
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