CESION DE ACCIONES. CANAL 12 TV DE MONTEVIDEO. TELEVISORA LARRAÑAGA S.A.




Promulgación: 23/11/1999
Publicación: 01/12/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 1244
VISTO: estas actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la solicitud de autorización para que se
transfiera acciones de la Sociedad "TELEVISORA LARRAÑAGA S.A." del Canal
12 de TV Montevideo", pertenecientes a Raquel Pérez Castells a favor de
sus herederos Denice Raquel, Odile Blanca, Jeannine, Luis Alberto, Juan
Miguel y Eduardo Caubarrere Pérez. Así como también de éstos a Luis
Eduardo Cardoso Vivo, Mercedes, Cecilia, Virginia, Rosina y Carlos Pombo
Fernández, Antonio Vivo Bonomi, Enrique Lalanne Courtoisie, Federico
Enrique, Andrés Jorge, Adriana María, Alicia María y Daniel Pierre
Lalanne Bove.-

RESULTANDO: I) que Raquel Pérez Castells de Caubarrere, titular de
acciones de la Sociedad "TELEVISORA LARRAÑAGA S.A." del Canal 12 de TV
Montevideo, falleció intestada y por certificado de resultancias de autos
dictada en autos "Pérez Castells, Raquel-Sucesión" Ficha S 404/97,
tramitados en el Juzgado Letrado de Familia de 14to. Turno, se declararon
únicos y universales herederos de la causante a sus hijos legítimos
Denice Raquel, Odile Blanca, Jeannine, Luis Alberto, Juan Miguel y
Eduardo Caubarrere Pérez.-

II) que por contrato de promesa de compraventa de acciones de fecha 18 de
junio de 1998 Denice Raquel, Odile Blanca, Jeannine, Luis Alberto, Juan
Miguel y Eduardo Caubarrere Pérez prometen vender sus acciones a Luis
Eduardo Cardoso Vivo, Mercedes, Cecilia, Virginia, Rosina y Carlos Pombo
Fernández, Antonio Vivo Bonomi, Enrique Lalanne Courtoisie, Federico
Enrique, Andrés Jorge, Adriana María, Alicia María y Daniel Pierre
Lalanne Bove. Negocio este sujeto a las condiciones de aprobación
establecidas en la normativa vigente, por la naturaleza del contrato hace
exigible la acreditación, en forma legal, del negocio definitivo.-

CONSIDERANDO: I) que los solicitantes han dado cumplimiento a las
exigencias dispuestas por el artículo 8vo. del Decreto 734/978 de 20 de
diciembre de 1978 y artículos 3ro., 4to. y 5to. del Decreto 350/986 de 8
de julio de 1986, Decreto 347/992 de 21 de julio de 1992 y Decreto
586/990 de 18 de diciembre de 1990.-

II) que la Dirección Nacional de Comunicaciones informa que no existen
inconvenientes técnicos ni jurídicos para acceder a lo solicitado.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Dirección
Nacional de Comunicaciones y a lo dispuesto por el Decreto-Ley 14.670 de
23 de junio de 1977, Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978, Decreto
347/992 de 21 de julio de 1992 y Decreto 586/990 de 18 de diciembre de
1990 y demás normas complementarias y concordantes.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                                RESUELVE:

1

 Autorízase la transferencia de acciones de la Sociedad "TELEVISORA
LARRAÑAGA S.A.", permisionaria de Canal 12 TV de Montevideo,
pertenecientes a Raquel Pérez Castells a favor de sus herederos Denice
Raquel, Odile Blanca, Jeannine, Luis Alberto, Juan Miguel y Eduardo
Caubarrere Pérez y de éstos a favor de Luis Eduardo Cardoso Vivo,
Mercedes, Cecilia, Virginia, Rosina y Carlos Pombo Fernández, Antonio
Vivo Bonomi, Enrique Lalanne Courtoisie, Federico Enrique, Andrés Jorge,
Adriana María, Alicia María y Daniel Pierre Lalanne Bove.-
Referencias al numeral

2

 Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de
Comunicaciones, a sus efectos. Cumplido, archívese.-

SANGUINETTI - JUAN LUIS STORACE
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