INVERSIONES PUBLICAS. COMISIONES HONORARIAS DE ADMINISTRACION Y EJECUCION




Promulgación: 19/09/2005
Publicación: 23/09/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 688
VISTO: que el Ministerio de Salud Pública se encuentra abocado a la
realización de obras en el Centro Auxiliar de Salud Pública de Pando;

CONSIDERANDO: I) que el artículo 436 de la Ley No. 16.170 de 28  de
diciembre de 1990, habilita a constituir Comisiones Honorarias con el
cometido de administrar y ejecutar Proyectos previstos en el Plan de
Inversiones Públicas, en un todo de acuerdo con las prescripciones del
artículo 589 de la Ley No. 15.903 de 10 de noviembre de 1987;

II) que las obras a realizar se encuentran previstas en el Plan de
Inversiones Públicas de la mencionada Secretaría de Estado;

III) que es necesario constituir una Comisión Honoraria, la cual se
encargará de la Administración y Ejecución de las obras en cuestión;

IV) que la Ingeniera Civil Nilda Alicia Cuba, la Arquitecta Marcela
Silva, el Señor Ruben Hernández, el Arquitecto Guillermo González, el
Ingeniero Agrónomo Omar Casanova, la Contadora Perla Pombo y el Doctor
Waldemar Reyes poseen las condiciones técnicas y el prestigio personal
que requiere el cargo a ocupar;

ATENTO: a lo establecido en el artículo 436 de la Ley No. 16.170 de 28 de
diciembre de 1990 y Decreto No. 160/991 de 14 de marzo de 1991 (Interno
No. 51/991);

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Créase la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras en
el Centro Auxiliar de Salud Pública de Pando, que tendrá como cometido la
administración y ejecución de las mismas previstas en el Plan de
Inversiones Públicas del Inciso 12 - Ministerio de Salud Pública -, la
que estará integrada por las siguientes personas: Presidenta, Ingeniera
Civil NILDA ALICIA CUBA; Secretaria, Arquitecta MARCELA SILVA; Tesorero,
Señor RUBEN HERNANDEZ; Vocales, Arquitecto GUILLERMO GONZALEZ, Ingeniero
Agrónomo OMAR CASANOVA, Contadora PERLA POMBO  y Doctor WALDEMAR REYES.

2

 Comuníquese. Pase a sus efectos a la Administración de los Servicios de
Salud del Estado.

RODOLFO NIN NOVOA - MARIA JULIA MUÑOZ
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