PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. S.A. FABRICA URUGUAYA DE ALPARGATAS S.A.F.U.A.




Promulgación: 28/09/1995
Publicación: 16/10/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: El planteo efectuado por la firma S.A. FABRICA URUGUAYA DE
ALPARGATAS, a efectos de que se extienda hasta el 31 de diciembre el
beneficio del Seguro por Desempleo de sus trabajadores del Sector
Calzado (Espadrille) cuyo amparo legal y prórrogas vencen desde el mes
de agosto de 1995 en adelante.

Resultando: I) Que la Empresa se vio obligada a enviar al Seguro por
Desempleo a los trabajadores de la Sección calzados (Estadrille), por
problemas económicos y mercadológicos que han afectado a la Industria
Textil Nacional.

II) que factores coyunturales adversos determinan que la empresa se vea
imposibilitada de reintegrar en forma inmediata a sus trabajadores, sin
perjuicio de que avanzadas gestiones permitirían colocar en mercados
extrarregionales su producción.

Considerando: I) Que resulta de interés general mantener una importante
fuente de trabajo y producción, transitoriamente paralizada por los
factores expuestos, en virtud que la no concesión de dicho beneficio
significaría un evidente problema social.

II) Que resulta conveniente conceder una nueva extensión del amparo del
Seguro por Desempleo a efectos de permitir a la empresa seguir
instrumentando las medidas tendientes a la reactivación de la firma con
la finalidad de mantener la fuente de trabajo.

Atento: A lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo 10
del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                         El Presidente de la República

                                    RESUELVE:

1

     Extiéndese hasta el 31 de diciembre de 1995, a contar de los
respectivos vencimientos de la última prórroga o  plazo legal, el amparo
a los beneficios por Seguros de Desempleo que otorga el Banco de
Previsión Social, a los 88 (ochenta y ocho) trabajadores del Sector
calzado (Espadrille) de la S.A. FABRICA URUGUAYA DE ALPARGATAS
(S.A.F.U.A.). 

2

     Comuníquese, etc. 

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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