AUTORIZACION PARA COMERCIALIZAR PRODUCTOS DE PESCA. PEDRO SANTANA S.A.




Promulgación: 29/12/1998
Publicación: 11/01/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
 VISTO: estos antecedentes elevados por el Instituto Nacional de Pesca, a
los fines que se expresarán;

 RESULTANDO:

            I) con fecha 21 de setiembre de 1998, la firma PEDRO SANTANA
S.A., solicitó el correspondiente permiso para ejercer actividades de
comercialización, al por mayor, de productos de la pesca;

            II) el Instituto Nacional de Pesca, con fecha 16 de octubre
de 1998, expresa que se han dado los extremos previstos reglamentariamente
para acceder a lo solicitado, debiendo la empresa involucrada cumplir con
todas las obligaciones de información que, con fines técnicos,
estadísticos o de investigación, le fueren requeridos por el Instituto, en
ejercicio de las atribuciones conferidas por el decreto-ley Nº 14.484, de
18 de diciembre de 1975;

 CONSIDERANDO: conveniente, de acuerdo con los informes favorables
vertidos en estos obrados, proveer en la forma aconsejada por el Instituto
Nacional de Pesca;

 ATENTO: a lo preceptuado por el Art. 22 de la ley Nº 13.833, de 29 de
diciembre de 1969, decreto-ley Nº 14.484, de 18 de diciembre de 1975,
decreto Nº 149/997, de 7 de mayo de 1997 y decreto Nº 343/996, de 28 de
agosto de 1996,

                       EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                               RESUELVE:

1

Otórgase a favor de la firma PEDRO SANTANA S.A., el correspondiente
permiso para ejercer actividades de comercialización, al por mayor, de
productos de la pesca, quedando la empresa obligada al pago de las tasas
por los conceptos previstos en la normativa vigente.


SANGUINETTI - SERGIO CHIESA
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