AMPLIACION DE HABILITACION A DINKEL S.A. A PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTOS DE MONTEVIDEO, FRAY BENTOS, NUEVA PALMIRA, JUAN LACAZE, SALTO, PAYSANDU Y LA PALOMA. RESOLUCION ANP N° 90/3.911
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
VISTO: la gestión promovida por la empresa DINKEL S.A., ante la Administración Nacional de Puertos, solicitando la ampliación de la habilitación correspondiente para la prestación de servicios portuarios.
RESULTANDO: I) Que la citada empresa, fue habilitada mediante Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 20 de agosto de 2003 a prestar servicios en Grupo "Al Buque" en la categoría "Cualesquiera otros, directos, indirectos o conexos, que se puedan prestar a las embarcaciones o artefactos navales y a sus tripulaciones" en el Puerto de Montevideo.
II) Que en esta oportunidad la referida firma, solicita la ampliación de la habilitación para el Grupo "Al Buque" en la categoría "Amarre y Desamarre", en los Puertos de Montevideo, Fray Bentos, Nueva Palmira, Juan Lacaze, Salto, Paysandú y La Paloma.
III) Que la presente gestión se efectúa al amparo de lo establecido en los artículos 14 y 18 del "Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios", aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 413/992 de fecha 1° de setiembre de 1992.
IV) Que la Administración Nacional de Puertos controló la documentación aportada por la interesada en cumplimiento de los requisitos económicos, administrativos y jurídicos que se exigen reglamentariamente para la habilitación, no formulando observaciones al respecto.
V) Que dicha Administración Nacional por Resolución de su Directorio N° 90/3.911 de fecha 31 de enero de 2018 autorizó, supeditada a la aprobación del Poder Ejecutivo, la ampliación de la habilitación referida en el Resultando II) de la presente resolución.
VI) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de Transporte Fluvial y Marítimo) y el Área Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas indican que no existen obstáculos de índole jurídico para la ampliación de habilitación peticionada, por lo que procede dictar resolución aprobando la gestión referida.
CONSIDERANDO: los informes precedentes.
ATENTO: a lo dispuesto en los artículos 14 y 18 del Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 413/992 de fecha 1° de setiembre de 1992, así como en los artículos 9 y 16 de la Reglamentación de la Ley N° 16.246 de fecha 8 de abril de 1992, aprobada por el artículo 1° del Decreto N° 412/992 de fecha 1° de setiembre de 1992.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Apruébase la Resolución N° 90/3.911 de fecha 31 de enero de 2018 del Directorio de la Administración Nacional de Puertos, por la cual se amplía la habilitación a la firma DINKEL S.A., para prestar servicios portuarios en el Grupo "Al Buque" en la categoría "Amarre y Desamarre", en los Puertos de Montevideo, Fray Bentos, Nueva Palmira, Juan Lacaze, Salto, Paysandú y La Paloma y por consiguiente su inscripción en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios.