DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. FABRICA NACIONAL DE PAPEL S.A.




Promulgación: 06/12/1990
Publicación: 29/01/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 671

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 Otórgase a la firma FABRICA NACIONAL DE PAPEL S.A. la exoneración
prevista en el artículo 1 del decreto ley 15.548 del 17 de mayo de 1984
hasta un monto máximo generador de dicha exoneración, de U$S 774.000 que
será aplicable a los ejercicios fiscales comprendidos entre el: 1/7/89 -
30/6/91.

 En virtud del Art. 3 del decreto ley 15.548, la empresa FABRICA NACIONAL
DE PAPEL S.A. no gozará del beneficios de Canalización del Ahorro previsto
en el decreto ley 14.178, Art. 9.

 La empresa FABRICA NACIONAL DE PAPEL S.A. tendrá un plazo máximo para
realizar las modificaciones estatutarias y trámites que sean necesarios
ampliando el capital autorizado, y emitir las acciones correspondientes al
capital integrado, de acuerdo al Inciso 1 del presente numeral, hasta el
día 30/6/92.
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