El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: La Resolución de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación (CPCN) que propone al Poder Ejecutivo declarar la "Casa Habitación Dieste" obra del Ing. Eladio Dieste, incluyendo todos los equipamientos incorporados a la albañilería, localizada en el Padrón 95152 de la Calle Antártico 1227 de la Ciudad de Montevideo, como Monumento Histórico Nacional.
RESULTANDO: I) Que la obra se ha seleccionado en el Expediente de Candidatura del Sistema Constructivo ideado por el Ing. Eladio Dieste para ser inscripto en la Lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO.
II) Que se considera una construcción altamente representativa de la obra del Ing. Eladio Dieste.
III) Que el Sistema Constructivo de Cerámica Armada ideado por el Ing. Dieste constituye un aporte a la tecnología constructiva universal y será candidateado para ser inscripto en la Lista de Patrimonio Mundial.
IV) Que dicha casa es testimonio calificado de una técnica constructiva excepcional e innovadora.
V) Que la espacialidad lograda para una estricta funcionalidad constituye una muestra de la sensibilidad espacial del Ing. Dieste, tan estricta como exquisita.
VI) Que su presencia e imagen en la ciudad valoriza un área de homogénea morfología como intervención arquitectónica y memoria del lugar.
CONSIDERANDO: Que la Obra del Ing. Eladio Dieste "Casa Habitación Dieste" cumple todos los requerimientos para ser declarado Monumento Histórico Nacional.
ATENTO: A lo informado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, a lo dispuesto en la Ley N° 14.040 de 20 de octubre de 1971 y Decreto Reglamentario 536/72.
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
en ejercicio de atribuciones delegadas
RESUELVE:
DECLÁRASE Monumento Histórico Nacional, la Obra del Ing. Eladio Dieste "Casa Habitación Dieste", incluyendo todos los equipamientos incorporados a la albañilería, localizada en el Padrón 95152 de la Calle Antártico 1227 de la Ciudad de Montevideo.
COMUNÍQUESE al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a la Intendencia de Montevideo, Junta Departamental de Montevideo, Congreso de Intendentes, a la Dirección de Catastro Nacional, a la Dirección de Catastro Departamental y al Registro de Propiedad Inmueble.