Exonérase a la empresa PESSI S.A., del pago de los Impuestos a las Rentas
de la Industria y Comercio y a las Rentas de las Actividades Económicas
por UI 2.098.464, que será aplicable por un plazo de 3 años a partir del
ejercicio en que se obtenga renta fiscal, incluyendo a este último en
dicho cómputo, siempre que no hayan transcurrido cuatro ejercicios de la
declaratoria promocional. En este caso, el referido plazo máximo se
incrementará en cuatro años y se computará desde el ejercicio en que se
haya dictado la presente declaratoria. Este beneficio se aplicará de
acuerdo a lo establecido en el Art. 16 del Decreto Nº 455/007 de 26 de
noviembre de 2007.