Exonérase a la empresa Frigorífico Pesquero del Uruguay (FRIPUR S.C.)
del 60% (sesenta por ciento) de las obligaciones por aportes patronales al
Banco de Previsión Social, Asignaciones Familiares y Seguros de Enfermedad
y Desocupación en la parte correspondiente, a la mano de obra incorporada
a los bienes que se produzcan para la exportación en la Planta de
Procesamiento. Para los años 1 (uno) a 4 (cuatro) inclusive (Artículo 8,
literal B) de la ley 14.178 de Promoción Industrial). (*)