Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud de la Empresa FRELUX S.A. a fin de que se le otorgue
el beneficio de Seguro por Desempleo, que abona el Banco de Previsión
Social, a 1 (uno) de sus trabajadores.
RESULTANDO: Que la caída de la actividad en la Empresa, ha determinado el
envío del personal de la misma al Seguro por Desempleo.
CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el Inciso 2° del Artículo 10° del Decreto Ley N°
15.180.
II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro
por Desempleo a efectos de permitir la instrumentación de las medidas
necesarias a fin de mantener la fuente de trabajo a dicho personal.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el Artículo
10° del Decreto Ley N° 15.180 de 20 de Agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
AMPLIASE por el plazo de 90 (noventa) días, el beneficio de Seguro por
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social a 1 (un) trabajador de
la Empresa FRELUX S.A., que se encuentra en condiciones legales de acceder
al mismo.
EL MONTO DEL SUBSIDIO que por esta Resolución se concede se liquidará
conforme a lo establecido en el Artículo 6° del Decreto Ley N° 15.180 de
fecha 20 de Agosto de 1981.