Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: El planteo efectuado por la firma FRIGORIFICO Y MATADERO FLORES
S.A., a efectos de que el Poder Ejecutivo conceda prórroga del período de
amparo al Seguro por Desempleo para su personal, que asciende a la
cantidad de 9 (nueve) trabajadores.
RESULTANDO: I) Que la empresa ha sido afectada por serios problemas
económicos, financieros y de mercado, situación que se inscribe dentro de
la problemática de la Industria Frigorífica Nacional.
CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del Artículo 10º del Decreto-Ley Nº
15.180.
II) Que por omisión involuntaria de la solicitante, en la petición
realizada en anterior oportunidad, contemplada en la Resolución de fecha
09/09/1997, no se consideraron a 9 (nueve) trabajadores, a los cuales les
amparaba idéntica situación, merecedora del beneficio.
III) Que resulta de interés general mantener una importante fuente de
trabajo y producción, transitoriamente paralizada por las razones
expuestas, en virtud de la trascendencia que las actividades de la
industria tienen para el Departamento de Flores.
IV) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro
por Desempleo a efectos de permitir a la empresa seguir instrumentando las
gestiones tendientes a la reincorporación del personal especializado,
evitando la pérdida de la fuente de trabajo.
ATENTO: A lo expuesto precedentemente, y a lo establecido en el Artículo
10º del Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Ampliase por 60 (sesenta) días, a partir de los respectivos
vencimientos, el beneficio de Seguro por Desempleo que otorga el Banco de
Previsión Social, a los 9 (nueve) empleados y obreros de FRIGORIFICO Y
MATADERO FLORES S.A., que se encuentren en condiciones legales de acceder
al mismo.