DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. MUSITELLI FILM & DIGITAL S.A.




Promulgación: 21/06/2010
Publicación: 05/07/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 1392
VISTO: la solicitud de la empresa MUSITELLI FILM & DIGITAL S.A., tendiente
a que se amplíe la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 9 de junio de
2008, por la que se declaró promovida la actividad de su proyecto de
inversión;

RESULTANDO: que la ampliación del proyecto tiene como objetivo la
adquisición de nuevo equipamiento;

CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12° de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe y la
recomendación realizada por el Ministerio de Economía y Finanzas, decide
recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de beneficios establecidos
en la citada Ley;

II) que la ampliación del proyecto presentado por MUSITELLI FILM & DIGITAL
S.A. da cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de
enero de 1998;

ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 de 7 de
enero de 1998;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 9 de junio de 2008,
por la que se declaró promovida la actividad del proyecto de inversión de
la empresa MUSITELLI FILM & DIGITAL S.A., tendiente a la adquisición de
nuevo equipamiento, por un monto de UI 3.984.855.

2

 Exonérase en forma total a la empresa MUSITELLI FILM & DIGITAL S.A., de
todo recargo incluso el mínimo, derechos y tasas consulares, Impuesto
Aduanero Unico a la Importación, Tasa de Movilización de Bultos y en
general todo tributo cuya aplicación corresponda en ocasión de la
importación del siguiente equipamiento previsto en el proyecto y declarado
no competitivo de la industria nacional:
30 valijas de transporte para luces Spacelight (6.000 W y 2.000 W).
2 valijas de transporte para cámara Red One.
6 valijas para transporte de discos Lacie.
1 valija de transporte para monitor transvideo.
1 valija de transporte para Laptop Mac Book.
1 valija de transporte para baterías Red One.
1 valija de transporte para tarjetas.
40 cables 70 mm. diámetro con Conector Camlok.
80 cables 35 mm. diámetro con Conector Camlok.
15 protección para cables.
30 conectores Stage Pin 60 Amp.
30 conectores Stage Pin 60 Amp.
40 conectores Stage Pin 60 Amp.
100 conectores Stage Pin 20 Amp.
105 conector Camlok 400 Amp.
60 conector Camlok 400 Amp.
100 conectores Stage Pin 20 Amp.
100 conectores Stage Pin 20 Amp.
Set de Optica (25.35.50.85.100 mm.) para cámara de cine digital
Lente zoom 18-50 mm. para cámara de cine digital.
Set de lentes COOKE PANCHRO (25 mm. 32 mm. 50 mm. 75 mm. &
100 mm.) para cámara de cine 35 mm.
Lentes COOKE PANCHRO 18 mm. para cámara de cine 35 mm.
Sistema de control remoto a distancia para cámara de cine y/o digital,
incluye control, cables de conexión, set de baterías.
6 balastos electrónicos 575/1200 W: 3 balastos electrónicos 2500/4000
W: 2 balastos electrónicos 6000/12000 W.
Reflector iluminación de descarga 12000 W; reflector iluminación de
descarga 6000 W; 3 reflectores iluminación de descarga 1.200 W.
5 set de 5 lentes de enfoque.
5 valijas para set de lentes.
2 valijas para lámpara HMI.
3 cables de interconexión con conectores Veam.
7 cables de interconexión con conectores Veam.
5 Difusor simple.
5 Difusor doble.
5 Visera cortaluz.
2 Carros de transporte para balasto 6000/12000 W.
2 lámparas de descarga HMI 12000 W, 2 lámparas de descarga HMI 6000
W; 10 lámparas de descarga HMI 1200 W.
3 trípodes para soporte de luces Long John Silver.
73 trípodes para soporte de luces C-Stand.
45 trípodes para soporte de luces (Combo Steel Stand).
25 trípodes para soporte de luces (overead 58 W/Braked Wheels).
10 trípodes para soporte de luces (Wind Up 39).
10 articulaciones para soporte de luces.
20 nudos para articulación 4.5".
65 nudos para articulación 2 ½".
12 grampas para articulación.
30 grampas (Pelican Gaffer Grip).
50 banderas cortaluz para control iluminación.
2 cabezales Sigma base Mitchell, 1 mango telescópico.
4 enganches para mango.
Mango corto para Cabezal Sigma.
2 mangos telescópicos para Cabezal Sigma.
2 mangos telescópicos para Cabezal C20.
3 patas altas 150 mm.
2 patas altas 100 mm.
14 estrellas a tierra.
3 patas cortas 150 mm.
6 galeras 150 mm.
3 valijas de transporte.
7 estuches de transporte.
7 estuches de transporte.
Sujetador para extensor de visor.
Nivelador Mitchell a Eurocouple.
3 manoplas (THE DOWN KNOOB FOR SIGMA - OMEGA FLAT
BASE).
2 convertidores para base Mitchell a 150 mm.
20 adaptadores x unión 3/8.
20 adaptadores x unión 1/4.

3

 Exonérase a la empresa MUSITELLI FILM & DIGITAL S.A., del pago del
Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas por UI 2.032.276,
equivalente a 51% de la inversión elegible, que será aplicable por un
plazo de 3 años a partir del ejercicio comprendido entre el 1°/01/07 y el
31/12/07 inclusive o desde el ejercicio en que se obtenga renta fiscal,
siempre que no hayan transcurrido cuatro ejercicios de la declaratoria
promocional. En este caso, el referido plazo máximo se incrementará en
cuatro años y se computará desde el ejercicio en que se haya dictado la
presente declaratoria.
El monto exonerable en cada ejercicio no podrá superar la menor de las
siguientes cifras:
   a)  la inversión efectivamente realizada en el ejercicio y en
       ejercicios anteriores si dichas inversiones estuvieran comprendidas
       en la declaratoria promocional y no hubieran sido utilizadas a
       efectos de la exoneración en los ejercicios que fueron realizadas,
   b)  el monto total exonerable a que refiere el presente numeral,
       deducidos los montos exonerados en ejercicios anteriores.
Este beneficio se aplicará de acuerdo a lo establecido en el Art. 16 del
Decreto N° 455/007 de 26 de noviembre de 2007.

4

 Los bienes muebles para activo fijo que se incorporen, para llevar a cabo
la actividad del proyecto de inversión que se declara promovido en la
presente resolución, se podrán computar como activos exentos a los efectos
de la liquidación del Impuesto al Patrimonio, por el término de su vida
útil. A los efectos del cómputo de los pasivos, los citados bienes serán
considerados activos gravados.

5

 Los beneficios previstos en los numerales precedentes serán aplicables a
las inversiones realizadas entre el 1°/12/07 y el 31/12/10.

6

 A los efectos del control y seguimiento, la empresa MUSITELLI FILM &
DIGITAL S.A., deberá presentar a la Comisión de Aplicación y en forma
simultánea ante el Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los cuatro
meses del cierre de cada ejercicio económico, sus Estados Contables con
informe de Profesional habilitado según corresponda y un documento en el
que conste el cumplimiento de los resultados esperados por el proyecto que
justificaron el otorgamiento de los beneficios.

7

 A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales dispuestos
precedentemente, la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de
Industria, Energía y Minería, certificará a los organismos competentes la
pertinencia de los mismos, de acuerdo con su adecuación al proyecto
declarado promovido.

8

 Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas vigentes
emanadas de las autoridades competentes en la implantación, ejecución y
funcionamiento del presente proyecto, así como al objetivo respecto al
proyecto presentado. Su incumplimiento podrá, cuando a ello hubiere
mérito, traer aparejado de oficio o a petición de parte, la revocación de
la declaratoria promocional, de conformidad a lo dispuesto en la Ley No.
16.906, en su Art. 14° y en el Art. 13° del Decreto Ley No. 14.178, de 28
de marzo de 1974 y demás disposiciones concordantes o que se establezcan
sin perjuicio de la reliquidación de tributos, multas y recargos que
puedan corresponder en caso de verificarse el incumplimiento.

9

 Comuníquese al Ministerio de Industria, Energía y Minería, a la Dirección
Nacional de Aduanas, a la Dirección General Impositiva, notifíquese a la
empresa y remítase a la Comisión de Aplicación para su archivo.

JOSE MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN - FERNANDO LORENZO
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