ADJUDICACION DE CONCESION. TERMINAL FLUVIO MARITIMA DE PASAJEROS. LOS CIPRESES S.A.




Promulgación: 21/09/1994
Publicación: 30/09/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma
   Visto: Las actuaciones remitidas por la Administración Nacional de
Puertos relacionadas con el Llamado a Licitación Pública Nº II/93 para la
Concesión de la Terminal Fluvio-Marítima de Pasajeros del Puerto de
Montevideo.

   Resultando: I) Que por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 28 de
junio de 1994, se autorizó a la Administración Nacional de Puertos a
proceder al llamado a interesados a tales fines, como asimismo el
funcionamiento de un Tax-Free Shop en la Terminal en caso de adjudicarse
dicha concesión.

   II) Que el 15 de abril de 1994 se procedió al acto de apertura,
habiéndose presentado un único oferente, la firma "Los Cipreses S.A.",
recomendando la Comisión de Evaluación de Proyectos la adjudicación a
dicha empresa en la alternativa B (con free-shop) de su propuesta.

   III) Que la Administración Nacional de Puertos por Resolución de su
Directorio Nº 827/2849 de fecha 3 de agosto de 1994 acordó adjudicar,
supeditado a la aprobación del Poder Ejecutivo e intervención del
Tribunal de Cuentas, a la firma "Los Cipreses S.A." la Licitación Pública
de referencia en un todo de acuerdo con el Pliego de Condiciones y la
oferta presentada en su alternativa B con Free Shop, teniendo en cuenta
los ajustes propuestos por la Comisión de Evaluación y estableciendo que
el canon a abonar consistirá en un 30% de lo percibido por el
concesionario por concepto de uso de la Terminal de Pasajeros y vehículos
embarcados, más el 7,5% de la facturación bruta del Free Shop.

   IV) Que el Tribunal de Cuentas de la República procedió a su
intervención preceptiva constitucional, acordando en sesión de fecha 24
de agosto de 1994 no formular observaciones a estos procedimientos.

   Considerando: Que resulta conveniente a los objetivos de la política
nacional establecidos en el artículo 3º del Decreto 412/992 de 1º de
setiembre de 1992, en especial en sus literales A) y B), que se refieren
al fomento de la economía nacional mediante la prestación de los
servicios portuarios con la máxima productividad, eficiencia y calidad, y
el logro de la mejor disposición económica y estratégica de los medios
destinados al desarrollo de los puertos.

   Atento: A lo expresado y a lo dispuesto en el artículo 11, literal B),
numeral 1º de la Ley Nº 16.246 de 8 de abril de 1992 y artículo 45 del
Decreto 412/992 de 1º de setiembre de 1992.

   El Presidente de la República

                                RESUELVE:

1

   Aprobar la Adjudicación de la Concesión de la Terminal Fluvio Marítima
de Pasajeros a la empresa "Los Cipreses S.A." por la Administración
Nacional de Puertos, en la forma y condiciones dispuestas por ésta.

2

   Comuníquese y vuelva a la Administración Nacional de Puertos a sus
efectos.-

LACALLE HERRERA - JOSE LUIS OVALLE.
Ayuda