DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. ACTIVIDADES DE CONSTRUCCION, REHABILITACION Y MANTENIMIENTO DE LAS RUTAS Nos. 14 Y 15, POR LOS TRAMOS QUE SE DETERMINAN




Promulgación: 30/10/2017
Publicación: 08/11/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la Ley N° 18.786 de 19 de julio de 2011.

   CONSIDERANDO: I) que el Decreto N° 45/013 de 6 de febrero de 2013, establece que los beneficios fiscales aplicables en el marco de Concesiones de Obra Pública y Contratos de Participación Público-Privada, podrán ser otorgados por el Poder Ejecutivo, previo asesoramiento de la Comisión de Aplicación (COMAP), siempre que los mismos se hayan previsto en el pliego de condiciones de la licitación correspondiente, con anterioridad a la presentación de las ofertas.

   II) que resulta conveniente otorgar al Proyecto "Circuito 5", por la actividad de construcción, rehabilitación y mantenimiento de la Ruta N° 14 por los tramos que van desde el kilómetro 7,660 al kilómetro 50,097, el kilómetro 50,337 al kilómetro 78,021, el kilómetro 78,021 al kilómetro 112,698, el kilómetro 258,899 al kilómetro 271,825 y el kilómetro 271,825 al kilómetro 298,722, y de la Ruta N° 15 por el tramo que va desde el kilómetro 92,234 al kilómetro 111,979, y por el tramo del kilómetro 111,979 al kilómetro 131,024, aquellos beneficios tributarios que coadyuven a su realización, en mérito a su importancia para el mejoramiento del sistema vial.

   ATENTO: a lo dispuesto por la Ley N° 18.786 de 19 de julio de 2011, y por el Decreto N° 45/013 de 6 de febrero de 2013, así como a las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, y a que se cuenta con el dictamen favorable de la Comisión de Aplicación,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Declárase promovida de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, la actividad de construcción, rehabilitación y mantenimiento de la Ruta N° 14 por los tramos que van desde el kilómetro 7,660 al kilómetro 50,097, el kilómetro 50,337 al kilómetro 78,021, el kilómetro 78,021 al kilómetro 112,698, el kilómetro 258,899 al kilómetro 271,825 y el kilómetro 271,825 al kilómetro 298,722, y de la Ruta N° 15 por el tramo que va desde el kilómetro 92,234 al kilómetro 111,979, y por el tramo del kilómetro 111,979 al kilómetro 131,024, en el marco del Proyecto "Circuito 5" a ejecutarse a través de un Contrato de Participación Público- Privada.

(*)Notas:
Ver en esta norma, numerales: 2, 3 y 5.

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