CONTRATACION DIRECTA DEL ESTADO. CONSORCIO SEA TECHNITAL




Promulgación: 02/08/2001
Publicación: 08/08/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 282
VISTO: los antecedentes relativos a la solicitud para la contratación de 
los servicios del Consorcio "SEA TECHNITAL", para la revisión del Plan 
Maestro y del Diseño Conceptual del Area Terminal del Aeropuerto 
Internacional de Carrasco.

RESULTANDO: I) que al haberse dejado sin efecto el Llamado a Licitación 
Pública para la Concesión de la Administración, Explotación y Operación 
de los Servicios del Aeropuerto Internacional de Carrasco, en régimen de 
Concesión de Obra Pública, resulta necesario revisar el Plan Maestro y el 
Diseño Conceptual del Area Terminal, así como su interconexión con el 
lado aire y el lado tierra y tamaño de plataforma de aeronaves.

II) que el proyecto original fue elaborado por la Consultora "SEA 
TECHNITAL", y en base al Plan Maestro elaborado por dicho Consorcio, se 
llamó a la Licitación Pública Internacional que posteriormente se dejó 
sin efecto.

III) que las tareas a realizarse se encuentran indivisiblemente 
relacionadas con las anteriormente referidas, por lo cual el Consorcio 
mencionado cuenta con el conocimiento y la experiencia que se requieren 
para llevar a cabo las adecuaciones necesarias a los estudios ya 
efectuados, a fin de dar una rápida respuesta y comenzar con las obras 
que imperiosamente hay que realizar en nuestra principal Terminal Aérea.

IV) que la realización de las tareas a encomendarse al mencionado 
Consorcio, insumirían una inversión de U$S 349.490 (dólares 
estadounidenses trescientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos noventa) 
más I.V.A., que se atenderá con cargo al Programa 005, Proyecto 932, 
Objeto del Gasto 281, TC 3, Estudio, investigaciones y proyectos de 
factibilidad.

V) que remitidas las actuaciones al Ministerio de Economía y Finanzas, a 
los efectos de proceder a la certificación prevista en el artículo 11 del 
Decreto 90/00 de 3 de marzo de 2000, por la causal del literal I) del 
numeral 3, del artículo 33 del T.O.C.A.F., se expidió el Departamento 
Técnico Financiero de dicha Secretaría de Estado, entendiendo que en la 
especie era de aplicación la causal de contratación directa prevista en 
el literal C, del numeral 3, del referido artículo.

VI) que las oficinas técnicas actuantes de dicha Cartera, son contestes 
en cuanto a que se considera imprescindible contar con el asesoramiento 
de "SEA TECHNITAL", ya que se trata de la misma Consultora que participó 
del Proyecto desde su gestación, siendo imposible revertir el proceso.

VII) que requerida la opinión del Tribunal de Cuentas de la República, el 
mismo entiende que la presente contratación se encuadra dentro de la 
causal prevista por el literal I, numeral 3 del artículo 33 del 
T.O.C.A.F., ya que como surge de los argumentos que se exponen, no es 
posible realizar una nueva licitación, coincidiendo en la pertinencia de 
contratar a la Consultora "SEA TECHNITAL".

CONSIDERANDO: I) que el Ministerio de Economía y Finanzas y el Tribunal 
de Cuentas de la República, son contestes respecto a la procedencia de la 
contratación a que refiere la presente Resolución, difiriendo en cuanto a 
la excepción a aplicar (literal I o literal C del numeral 3 del artículo 
33 del T.O.C.A.F.) para proceder directamente a realizarla.

II) que en cuanto al monto, a gastar, también existen fundamentos que 
fueron expuestos por la Unidad Ejecutora respectiva y avalados por los 
organismos financieros y de contralor.

III) que atento a lo expuesto y en atención a razones impostergables de 
interés público corresponde proceder a autorizar la presente contratación 
directa.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a los informes favorables de la 
División Contabilidad y Finanzas -Departamento Técnico Financiero del 
Ministerio de Economía y Finanzas, del Tribunal de Cuentas de la 
República y de la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Apruébase la contratación directa del Consorcio "SEA TECHNITAL", en los 
términos del Contrato que luce de fojas 47 a 49 y su anexo 1 de fojas 123
a 138 del Expediente del Ministerio de Defensa Nacional 00071024.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen (anexo 1).

2

 Autorízase el gasto de U$S 349.490 (dólares estadounidenses trescientos 
cuarenta y nueve mil cuatrocientos noventa) más I.V.A., con cargo al 
Programa 005, Proyecto 932, Objeto del Gasto 281, TC 3, Estudio, 
investigaciones y proyectos de factibilidad.

3

 Desígnase al Director Nacional de Aviación Civil e Infraestructura 
Aeronáutica para suscribir el referido Contrato.

4

 Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea. 
Cumplido, archívese.

                      

BATLLE - LUIS BREZZO



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