APERTURA DE CONSULADO DE DISTRITO DE URUGUAY. CIUDAD DEL ESTE. PARAGUAY




Promulgación: 24/11/2015
Publicación: 04/12/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: que es de interés para la República contar con una Oficina Consular en Ciudad del Este, República del Paraguay;
    
   RESULTANDO: que la existencia de la misma habrá de contribuir al apoyo de los ciudadanos uruguayos que se encuentren en su jurisdicción, así como al afianzamiento de las relaciones comerciales, culturales y turísticas entre ambos países;

   CONSIDERANDO: que el gobierno de la República del Paraguay ha brindado la anuencia correspondiente para la apertura de un Consulado de Distrito en dicha ciudad, conforme lo prevé el artículo 4° de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de fecha 24 de abril de 1963;

   ATENTO: a lo informado por la Dirección de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Establécese el Consulado de Distrito de la República en Ciudad del Este, República del Paraguay, con jurisdicción sobre el Departamento de Alto Paraná

2

   Comuníquese, etc.

   TABARÉ VÁZQUEZ - RODOLFO NIN NOVOA
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