INSTALACION DEL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS. JOANICO. CANELONES




Promulgación: 02/11/1999
Publicación: 10/11/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 1144
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones, da cuenta de la solicitud presentada por la empresa
"VALLE BLANCO S.A.", para ampliar su área de servicio por el sistema
"cable", en la localidad de Joanicó del departamento de Canelones.-

RESULTANDO: I) que el Poder Ejecutivo autorizó al peticionante, a
suministrar el servicio de televisión para abonados, en la ciudad de
Canelones, del departamento homónimo, según la Resolución del Poder
Ejecutivo 545/993 de 2 de julio de 1993.-

II) que por la Resolución 459/997 de 28 de mayo de 1997, se autorizó a
los permisionarios del servicio de televisión para abonados del interior
del país, a ampliar su área de servicio en el departamento en que
estuvieren operando, empleando determinadas tecnologías aptas para
ello.-

CONSIDERANDO: I) que el numeral 2) del artículo 4to. del Decreto-Ley
15.671 de 8 de noviembre de 1984 en la redacción dada por la Ley 16.211
de 1ro. de octubre de 1991, establece que compete directamente al Poder
Ejecutivo autorizar el funcionamiento de estaciones de televisión.-

II) que el proyecto presentado por el interesado cumple con la normativa
y los parámetros técnicos que rigen en la materia, según lo informado por
la Dirección Nacional de Comunicaciones.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por los
Decretos-Leyes 15.671 de 8 de noviembre de 1984, en la redacción dada por
la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991 y 14.670 de 23 de junio de 1977,
Decreto 349/990 de 7 de agosto de 1990 y a lo informado por la Dirección
Nacional de Comunicaciones.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a la empresa "VALLE BLANCO S.A." a suministrar el servicio de
televisión para abonados por el sistema "cable", en la localidad de
Joanicó del departamento de Canelones.-

2

 Determínase que la presente autorización tiene el mismo carácter,
limitaciones y exigencias que las establecidas en la Resolución del Poder
Ejecutivo 214/998 de 10 de marzo de 1998.-

3

 Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de
Comunicaciones, a sus efectos. Cumplido, archívese.-

SANGUINETTI - JUAN LUIS STORACE
Ayuda