INHABILITACION A MONTECHIFF LTDA. PARA PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTOS DE MONTEVIDEO Y NUEVA PALMIRA. RESOLUCION ANP 532/3.889




Promulgación: 23/10/2017
Publicación: 31/10/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: estos antecedentes relacionados con la inhabilitación de la firma MONTECHIFF LTDA., como empresa operadora de servicios portuarios y por consiguiente su correspondiente anotación en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios.

   RESULTANDO: I) Que la firma MONTECHIFF LTDA., fue habilitada para prestar servicios portuarios en los Grupos "Al Buque" y "A la Mercadería" en la categoría "Vigilancia", y en el Grupo "Al Buque" en la categoría "Amarre y Desamarre", en los Puertos de Montevideo y Nueva Palmira.

   II) Que con fecha 4 de febrero de 2013, la mencionada empresa fue suspendida por incumplir con los requisitos relativos al pago de los aportes en el Banco de Previsión Social, establecidos en el artículo 5°, literal F) del Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios, aprobado por el artículo 1° del Decreto N°413/992 de fecha 1° de setiembre de 1992.

   III) Que en consecuencia, la precitada Administración, a través de la Resolución de su Directorio N° 532/3.889 de fecha 24 de agosto de 2017, procedió a inhabilitar a MONTECHIFF LTDA., supeditado ello a la aprobación del Poder Ejecutivo.

   IV) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de Transporte Fluvial y Marítimo) y el Área Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas indican que no existen obstáculos de índole jurídico para la inhabilitación promovida, por lo que procede dictar resolución aprobando lo actuado por el citado Servicio Descentralizado.

   CONSIDERANDO: los informes precedentes.

   ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 16.246 de fecha 8 de abril de 1992 y por el Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 413/992 de fecha 1° de setiembre de 1992.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Apruébase la Resolución del Directorio de la Administración Nacional de Puertos N° 532/3.889 de fecha 24 de agosto de 2017, por la cual se inhabilita a la firma MONTECHIFF LTDA., para prestar servicios portuarios en los Grupos "Al Buque" y "A la Mercadería" en la categoría "Vigilancia", y en el Grupo "Al Buque" en la categoría "Amarre y Desamarre", en los Puertos de Montevideo y Nueva Palmira, y por consiguiente su correspondiente anotación en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios.

2

   Comuníquese y vuelva a la Administración Nacional de Puertos, para notificar al interesado y demás efectos.

   TABARÉ VÁZQUEZ - VÍCTOR ROSSI
Ayuda