MODIFICACION DE LA GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE LICITACION PUBLICA NACIONAL E INTERNACIONAL N° 1/92 ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Y GRUPO CONTINENTAL ZONA FRANCA S.A.




Promulgación: 14/02/2020
Publicación: 03/03/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud de Grupo Continental Zona Franca S.A., Desarrollador de la Zona Franca de Colonia, tendiente a que se le autorice a modificar la garantía del fiel cumplimiento del contrato a efectos de también poder constituir la misma como Garantía de Fianza en alguna aseguradora privada distinta al Banco de Seguros del Estado.

   RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo de 6 de setiembre de 1993, Grupo Continental Zona Franca S.A., fue declarado adjudicatario de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 1/92, por la cual se llamó a interesados a obtener el derecho a Explotar la Zona Franca de Colonia. Como consecuencia de la Adjudicación, el 24 de enero de 1994, se suscribió el contrato accesorio de la Licitación, en el cual se consignaron los derechos y obligaciones de las partes.

   II) que en la cláusula tercera literal d) del referido contrato, se estableció como norma aplicable al mismo, el Pliego de Condiciones Particulares aprobado por Resolución del Poder Ejecutivo de 14 de setiembre de 1992, con las modificaciones dispuestas por Resolución de 3 de diciembre de 1992. Dicho Pliego en su artículo 8.3 literal c), previó "Póliza o Seguro de Fianza emitida por el Banco de Seguros del Estado en dólares americanos".

   CONSIDERANDO: I) que el contrato relacionado lleva 25 (veinticinco) años de ejecución, restando 15 (quince) años de vigencia.

   II) que la Ley N° 16.426 de 14 de octubre de 1993, creó la Superintendencia de Seguros y Reaseguros del Uruguay con el cometido del control de la actividad aseguradora efectuada por empresas públicas o privadas.

   ATENTO: a lo informado por la Dirección General de Comercio - Área Zonas Francas y por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas y a lo previsto por el artículo 36 de la Ley N° 18.834 de 4 de noviembre de 2011,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorízase la modificación de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Licitación Pública Nacional e Internacional N° 1/92 que fuera otorgado el 24 de enero de 1994 entre el Ministerio de Economía y Finanzas y Grupo Continental Zona Franca S.A., estableciendo que la misma también podrá constituirse en Póliza de Seguro de Fianza emitida por empresa aseguradora privada de esta plaza.

2

   Otórguense los instrumentos jurídicos que correspondan a través del Ministerio de Economía y Finanzas.

3

   Pase a la Dirección General de Comercio para su notificación. Cumplido, archívese.

   TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI
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