Aprobado/a por: Resolución URSEA Nº 88/005 de 28/12/2005.
Referencias a toda la norma
Artículo 2.- Extiéndese hasta el 31 de diciembre de 2008 el régimen previsto en los incisos segundo y tercero del artículo 5 del Reglamento 
de Calidad del Servicio de Distribución de Energía Eléctrica, aprobado 
por Resolución de la URSEA N° 29/003 de 24 de diciembre de 2003.
Seis meses antes de su culminación se realizará una instancia formal de
evaluación, con la participación de la Administración Nacional de Usinas
y Trasmisiones Eléctricas (UTE), en la que se evaluará el desempeño del
Reglamento de Calidad a la luz de lo expuesto en los Considerandos II y
III).
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