Aprobado/a por: Resolución URSEA Nº 88/005 de 28/12/2005.
Referencias a toda la norma
Artículo 1.- Sustitúyense en la Tabla I "Metas de continuidad en el régimen transitorio", del Reglamento de Calidad del Servicio de Distribución de Energía Eléctrica aprobado por Resolución de la URSEA N°
29/003 de 24 de diciembre de 2003, los Indicadores de "Tiempo medio total
de interrupción por consumidor en un Agrupamiento a " (Tca) y "Frecuencia
media de interrupción por consumidor en un Agrupamiento a"(Fca) para el
Agrupamiento a4BT, y los Indicadores de "Tiempo medio total de interrupción por consumidor en un Agrupamiento a" (Tca) y "Tiempo máximo
de interrupción de un consumidor i" (D max 1), según corresponda, para
los Agrupamientos T4, quedando la Tabla como sigue:

Tabla 1 Metas de continuidad para el régimen que se inicia el 1° de enero
de 2006

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Resolución URSEA Nº 
88/005 de 28/12/2005.
Ver Reglamento modificado: Resolución URSEA Nº 29/003 de 24/12/2003 
artículo 16 Tabla 1.
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