DETERMINACION DE PUESTA EN PRODUCCION DEL ESQUEMA DE CERTIFICADOS DIGITALES PARA LOS TRAMITES DE SEGURIDAD ELECTRICA, CON VIGENCIA 1º DE ABRIL DE 2021




Fecha de Publicación: 17/08/2020
Página: 3
Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
ÓRGANOS DESCONCENTRADOS
UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE ENERGÍA Y AGUA - URSEA

                             Resolución 170/020

Establécese que la puesta en producción del esquema de Certificados Digitales para los trámites de Seguridad Eléctrica, en el marco del Reglamento de Seguridad de Productos Eléctricos de Baja Tensión, entrará en vigor a partir del día 1° de abril de 2021.
(3.263*R)

UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE ENERGÍA Y AGUA

Resolución
Expediente
Acta N°
N° 170/020
N° 0663-02-006-2019
24/020
VISTO: la necesidad de establecer que todos los trámites de Seguridad Eléctrica, en particular las autorizaciones para la comercialización de productos eléctricos de Baja Tensión en el marco del Reglamento de Seguridad de Productos Eléctricos de Baja Tensión (RSPEBT), se realicen únicamente mediante Certificados Digitales, ya que se cuenta con las condiciones necesarias para la implementación de dicho cambio; RESULTANDO: I) que, se está implementando en Ursea la realización del trámite de autorización para la comercialización de productos eléctricos de baja tensión en el marco de lo establecido en el RSPEBT mediante el proyecto de trámites en línea- APIA; II) que, en dicho marco, se analizó la posibilidad de implementar el trámite mencionado anteriormente, incorporando el concepto de "Certificado Digital" en materia de Seguridad Eléctrica; III) que, la propuesta implica instrumentar un certificado de conformidad con la norma correspondiente, emitido por los Organismos de Certificación, que sea verdaderamente digital, unificado en un sólo documento electrónico debidamente autenticado, incluyendo, como parte importante del sistema, un repositorio de certificados actualizados centralizado en Ursea; IV) que, en ese sentido, se planteó en la reunión con los Organismos de Certificación de fecha 9 de julio de 2020, la posibilidad de implementar Certificados Digitales en los trámites de autorización de productos eléctricos de baja tensión en base al RSPEBT; V) que, los Organismos de Certificación manifestaron su conformidad, pero propusieron que la implementación de Certificados Digitales para Seguridad Eléctrica no sea simultánea con la de los certificados para Eficiencia Energética, establecida para el 1° de diciembre de 2020, según resolución N° 372/019 de 5 de noviembre de 2019 recientemente modificada; VI) que, considerando lo mencionado, y especialmente el objetivo mejorar la eficacia y eficiencia de los procedimientos de control vinculados a la reglamentación de seguridad de productos eléctricos de baja tensión, se sugiere implementar los Certificados Digitales para Seguridad Eléctrica en el marco de las autorizaciones para la comercialización de productos eléctricos de baja tensión exigidas en el RSPEBT; VII) que, considerando el avance del desarrollo del Certificado Digital para Eficiencia Energética, se entiende conveniente comenzar cronológicamente por éste primero, y luego implementarlo para Seguridad Eléctrica; CONSIDERANDO: que, se ha cumplido con el debido proceso, confiriendo la vista de precepto, por lo que corresponde resolver en consecuencia; ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en la Ley N° 17.598 de fecha 13 de diciembre de 2002 (con sus posteriores modificaciones), en el artículo 60 de la Ley N° 19.355 de fecha 19 de diciembre de 2015, en la Resolución de Ursea N° 131/009 del 20 de agosto de 2009 (Reglamento de Seguridad de Productos Eléctricos de Baja Tensión), y normas concordantes y modificativas; EL DIRECTORIO RESUELVE:

Artículo 1

   1) Establecer que la puesta en producción del esquema de Certificados Digitales para los trámites de Seguridad Eléctrica, en el marco del Reglamento de Seguridad de Productos Eléctricos de Baja Tensión, entrará en vigor a partir del día 1° de abril de 2021.

   2) Disponer que todos los trámites de Seguridad Eléctrica, deberán realizarse desde la fecha antes expresada, únicamente con Certificados Digitales según el formato y procedimientos establecidos por esta Unidad Reguladora.

   3) Publíquese, notifíquese, comuníquese.

   Aprobado según Acta Referenciada N° 24/020 de fecha 24/07/2020.
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