Fecha de Publicación: 06/09/1995
Página: 452-A
Carilla: 20

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Resolución 955/995

Otórgase a la empresa DEMETRIO PLACHICOFF (PLAMA) la concesión del servicio regular de transporte de pasajeros entre la cuidades de Fray Bentos y Paysandú.
(2159)

   Ministerio de Transporte y Obras Públicas

                                         Montevideo, 23 de agosto de 1995

   Visto: la gestión promovida por la empresa unipersonal DEMETRIO
PLACHICOFF (PLAMA), tendiente a obtener la concesión del servicio regular
de transporte de pasajeros de la línea nacional de larga distancia que
explota actualmente entre las ciudad de Fray Bentos y Paysandú y
viceversa, por Rutas 21, 24, 20 y 3, ingresando a Nuevo Berlín y Young,
con un recorrido de 350 Kms.

   Resultando: I) Que dicha empresa ha prestado servicios en la precitada
línea desde el 17 de junio de 1963 hasta la fecha.

   II) Que se han efectuado las publicaciones de estilo, sin que mediara
oposición.

   Considerando: que la citada empresa ha presentado la documentación
necesaria, encontrándose en condiciones reglamentarias de obtener la
referida concesión y la consiguiente convalidación de los servicios de
explotación de la mencionada línea, de acuerdo a lo establecido en el
Reglamento para la Concesión de Servicios Regulares de Transporte por
Carretera.

   Atento: a lo expuesto, a lo dispuesto en los Decretos 228/991 del 25
de abril de 1991 y 116/993 del 3 de marzo de 1993, y a lo informado por
la Dirección Nacional de Transporte y la Dirección Servicios Jurídicos
del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

   El Presidente de la República

                                RESUELVE:

1

   Otórgase a la empresa unipersonal DEMETRIO PLACHICOFF (PLAMA), la
concesión del servicio regular de transporte de pasajeros de la línea
nacional de larga distancia que explota actualmente entre las ciudades de
Fray Bentos y Paysandú y viceversa, por Rutas 21, 24, 20 y 3, ingresando
a Nuevo Berlín y Young, con un recorrido de 350 Kms., por un plazo de 5
años a contar de la fecha de la notificación de la presente Resolución.

SANGUINETTI - LUCIO CACERES.
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