Fecha de Publicación: 21/10/2004
Página: 96-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 29/10/2004.
Resolución 941/004

Autorízase a Botnia Fray Bentos S.A. a explotar una zona franca privada bajo el régimen de la Ley 15.921.
(2.025*R)

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                   Montevideo, 15 de Octubre de 2004

VISTO: la solicitud formulada por Botnia Fray Bentos S.A. para que se le 
autorice a explotar una zona franca en el departamento de Río Negro, al 
amparo de lo dispuesto por la Ley N° 15.921, de 17 de diciembre de 1987 y 
su reglamentación.-

RESULTANDO: I) que la referida sociedad promueve la iniciativa con la 
finalidad de establecer una zona franca para instalar una planta de 
celulosa y actividades complementarias para su funcionamiento, en un 
predio de más de 550 hectáreas ubicado en la 1a sección catastral del 
departamento de Río Negro, padrón N° 1569, adyacente al Río Uruguay.-

II) que a tales efectos se proyecta una inversión en infraestructura a 
realizar por la explotadora para el desarrollo de la zona franca de U$S 
29:000.000,00 (veintinueve millones de dólares de los Estados Unidos de 
América) .-

III) que adicionalmente, la planta de celulosa implica una inversión de 
magnitud excepcional para el país, -que demandará dos años para su total 
construcción-, a realizar por el usuario directo de la zona franca y que 
se estima en U$S 913:000.000,00 (novecientos trece millones de dólares de 
los Estados Unidos de América).-

IV) que la Comisión Honoraria Asesora, de acuerdo a lo dispuesto por el 
artículo 7° de la Ley N° 15.921 citada y artículo 1° del Decreto N° 
57/993, de 2 de febrero de 1993, en la redacción dada por el Decreto N° 
209/994, de 6 de mayo de 1994, emitió por unanimidad su opinión favorable 
a la localización proyectada para la zona franca.-

V) que el µrea Zonas Francas de la Dirección General de Comercio y esta 
última emitieron su opinión favorable al proyecto para el caso de 
justificarse una serie de extremos, los que en su mayoría fueron 
acreditados por la solicitante.-

CONSIDERANDO: I) que la ley N° 15.921 citada en su artículo 1°, declara 
de interés nacional la promoción y desarrollo de las zonas francas en el 
país, con el objetivo de promover inversiones, expandir las 
exportaciones, incrementar la utilización de mano de obra nacional e 
incentivar la integración económica internacional.-

II) que la solicitud de autorización presentada por Botnia Fray Bentos 
S.A. cumple con los requisitos exigidos por el artículo 10° de la ley 
citada en el Considerando I.-

III) la conveniencia de promover, dentro de la política de fomento de la 
exportación, la instalación de polos de desarrollo económico en el 
interior de la República, de alta especialización y tecnología 
industrial.-

ATENTO: a lo expuesto.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

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 Autorízase a Botnia Fray Bentos S.A. a explotar una zona franca privada 
bajo el régimen de la Ley N° 15.921, de 17 de diciembre de 1987 y sus 
normas reglamentarias en el inmueble sito en la 1a Sección Catastral del 
departamento de Río Negro, padrón N° 1569, con una superficie de 550 
hectáreas 7.850 m2, identificado como fracción A en plano de mensura del 
Ing. Agrim. Roberto Carril Gómez de noviembre de 1984, y se deslinda así: 
al Suroeste y al Oeste con Arroyo Yaguarité; al Noroeste y Norte con el 
Río Uruguay; al Noroeste, dos líneas quebradas de metros 528,80 y metros 
611,60 con Ruta de acceso al Puente Internacional Fray Bentos -Puerto 
Unzué; al Este, rectas de metros 407,15, metros 143,31, metros 718,75 y 
metros 182,74, las dos primeras y la última con Ruta de acceso al citado 
Puente Internacional y la restante con padrón 1571; al Sureste línea 
curva de metros 1208,90 de frente a Camino a Fray Bentos, y al Sur, 
rectas de metros 786,80, metros 123,35, metros 588,40 de frente a Camino 
a Fray Bentos que la separa de los padrones 3865 y 3864.-

BATLLE - ISAAC ALFIE
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