Fecha de Publicación: 31/08/2000
Página: 375-A
Carilla: 15

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Resolución 897/000

Apruébase la Resolución de la Dirección General de Aviación Civil 68/999,
por la cual se autorizó para el Area 3 - Area 1, de la Conferencia de
Tráfico IATA TC31 celebrada en la ciudad de Los Angeles en los días que
se determinan las Resoluciones que se detallan.
(1.721)

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
  MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

                                          Montevideo, 22 de agosto de 2000

VISTO: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea por la cual
solicita sea aprobada la Resolución de la Dirección General de Aviación
Civil 68/999 de fecha 3 de febrero de 1999.-

RESULTANDO: que por la mencionada Resolución se autorizó para el Area 3 -
Area 1, de la Conferencia de Tráfico IATA TC31 celebrada en la ciudad de
Los Angeles entre los días 19 al 21 de mayo de 1998. Resoluciones Nros.
PTC31 S/CIRC F 0017, Entre América Central/Sur y Pacífico del Sudoeste
(tarifas) Anexo A, PTC31 S/CIR 0048 América Central/Sur y Pacífico Sur
(condiciones de aplicación), PTC31 S/CIRC PAC 0047 Círculo del Pacífico,
Pacífico Sur) condiciones de aplicación) Anexo C, que se detalla en la
parte Resolutiva de la mencionada Resolución.-

CONSIDERANDO: I) lo preceptuado por el artículo 37 del Decreto 325/974 de
26 de abril de 1974.-

II) que la Resolución a aprobar fue dictada de acuerdo con el artículo
2do. de la reglamentación aprobada por el Decreto 1124/941 de fecha 4 de
junio de 1941.

ATENTO: a lo informado por el Comando General de la Fuerza Aérea con el
asesoramiento de la Comisión Nacional de Política Aeronáutica, a lo
preceptuado por la reglamentación de la Sección II, del Capítulo II del
Título IX del Código Aeronáutico aprobado por el Decreto 39/977 de 25 de
enero de 1977 y a lo dispuesto por el Decreto 269/978 de 16 de mayo de
1978.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                                RESUELVE:

1

 Apruébase la Resolución de la Dirección General de Aviación Civil 68/999
de fecha 3 de febrero de 1999.-

2

 Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos al Comando General de la
Fuerza Aérea. Cumplido, archívese.-
  BATLLE, LUIS BREZZO, ALBERTO BENSION, LUCIO CACERES.
                              
                           RESOLUCION Nº 68/999

                   DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL

                                                  Montevideo, 03 FEB. 1999

VISTO: La solicitud de la Cámara de Comercio de la Aeronáutica, a pedido
de PLUNA S. A. Líneas Aéreas Uruguayas y como transportador bandera, de
que sea aprobado el paquete de tarifas IATA que se detalla en la parte
resolutiva.

RESULTANDO: Que las tarifas propuestas tienden adecuar los servicios
ofrecidos a las actuales necesidades del mercado a que sirven.

CONSIDERANDO: Que la puesta en vigencia de las tarifas debe constituir un
hecho inmediato para lograr los fines que se propone, lo que justifica
sea dictada de acuerdo con las previsiones del Artículo 2º de la
reglamentación aprobada por el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 1124/41 de
fecha 4 de junio de 1941.

ATENTO: A lo informado por la División Transporte Aéreo Comercial y la
Asesoría Letrada.-

                  EL DIRECTOR GENERAL DE AVIACION CIVIL

                                RESUELVE:

1.- AUTORIZASE en los términos del Artículo 2º de la Reglamentación
aprobada por el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 1124/41 de fecha 4 de
junio de 1941 las resoluciones de carácter urgente para el Area 3 - Area
1, de la Conferencia de Tráfico IATA TC31 celebrada en la ciudad de Los
Angeles entre los días 19 al 21 de mayo de 1998. Resoluciones Nos. PTC31
S/CIRC F 0017, Entre América Central/Sur y Pacífico del Sudoeste
(tarifas) Anexo A, PTC31 S/CIR 0048 América Central/Sur y Pacífico Sur
(condiciones de aplicación), PTC31 S/CIRC PAC 0047 Círculo del Pacífico,
Pacífico Sur (condiciones de aplicación) Anexo C, que a continuación se
detallan:

                      TARIFAS NORMALES Y ESPECIALES
           AMERICA CENTRAL, AMERICA DEL SUR - PACIFICO SUROESTE

DESDE                     BASE
MONTEVIDEO:               TARIFA            USD        RESO.      IG

AUCKLAND                  FX                3582       056D       PN
                          FW                3761       056D       PN
                          F                 2702       056D       PA
                          CX                2418       046D       PN
                          CW                2539       046D       PN
                          C                 1915       046D       PA
                          Y                 1505       066D       PA
                          Y                 2073       066D       PN
                          MHEE6M            1822       070YY      PA
                          MHEE6M            2277       070YY      PN
                          MLEE6M            1692       070YY      PA
                          MLEE6M            2116       070YY      PN
                (0002)    MHPX              1586       074M       PA
                (0003)    MHPX              1689       074M       PA
                          MHPX              2112       074M       PN
                (0002)    MLPX              1481       074M       PA
                (0003)    MLPX              1584       074M       PA
                          MLPX              1981       074M       PN

NADI                      FX                3582       056D       PN
                          FW                3761       056D       PN
                          F                 2702       056D       PA
                          CX                2418       046D       PN
                          CW                2539       046D       PN
                          C                 1915       046D       PA
                          Y                 1505       066D       PA
                          Y                 2073       066D       PN
                          MHEE6M            1912       070YY      PA
                          MHEE6M            2390       070YY      PN
                          MLEE6M            1786       070YY      PA
                          MLEE6M            2233       070YY      PN

DESDE                     BASE
MONTEVIDEO:               TARIFA            USD        RESO.      IG
NOUMEA                    FX                3704       056D       PN
                          FW                3889       056D       PN
                          F                 2794       056D       PA
                          CX                2550       046D       PN
                          CW                2678       046D       PN
                          C                 2020       046D       PA
                          Y                 1587       066D       PA
                          Y                 2187       066D       PN
PAPEETE                   F                 2334       056D       PA
                          C                 1671       046D       PA
                          Y                 1312       066D       PA
                          MHEE1M            1729       070YY      PA
                          MHEE1M            2162       070YY      PN
                          MLEE1M            1372       070YY      PA
                          MLEE1M            1714       070YY      PN
SYDNEY NS                 FX                3898       056D       PN
                          FW                4093       056D       PN
                          F                 2941       056D       PA
                          CX                2737       046D       PN
                          CW                2874       046D       PN
                          C                 2169       046D       PA
                          Y                 1704       066D       PA
                          Y                 2347       066D       PN
                          MHEE6M            1989       070YY      PA
                          MHEE6M            2486       070YY      PN
                          MLEE6M            1859       070YY      PA
                          MLEE6M            2324       070YY      PN
                (0002)    MHPX              1790       074M       PA
                (0003)    MHPX              1893       074M       PA
                          MHPX              2367       074M       PN
                (0002)    MLPX              1673       074M       PA
                (0003)    MLPX              1776       074M       PA
                          MLPX              2220       074M       PN

EXPLICACION DE NOTAS:
0002 Aplicable en rutas directas, no es aplicable para rutas vía PPT.
0003 Aplicable para rutas vía PPT, no es aplicable para rutas vía América
del Norte.

                                 ANEXO B

                        CONDICIONES DE APLICACION

RESO. 002: RESOLUCION ESTANDAR DE REVALIDA Y ENMIENDA
ENTRE TC3 Y AMERICA DEL SUR Y CENTRAL

Se acuerda que por aplicación en el TC31 Pacífico Norte y Central TC3 -
América Central, América del Sur subarea

1.  las siguientes Resoluciones se revalidan:
    066g
    091 s
2.  los Anexos de las tarifas a las Resoluciones son modificados de
    acuerdo al Anexo de esta Resolución.

1. GENERAL

Las tarifas introducidas desde y hacia Vladivostok (VVO), para las
resoluciones 046f, 056f, 066v, 066x, 074u, 078cc

RESOLUCION DE REVALIDA ENTRE PACIFICO SUR OESTE Y AMERICA CENTRAL,
AMERICA DEL SUR

Se acuerda que, para la aplicación entre puntos de TC31 Pacífico Sur, se
revalida la Resolución 090g hasta su fecha de expiración.

RESO. 046d: TARIFA DE CLASE EJECUTIVA TC31 PACIFICO SUR.

Se resuelve la reválida y enmienda de la resolución 046d de acuerdo al
siguiente detalle:

1.  Párrafo  3)a) se ha modificado
             3)a) tarifa de niños: 67% de la tarifa aplicable a adultos
                  Se excluye: Desde América del Norte, Caribe: 75% de la
                  tarifa aplicable a adultos.

RESO. 056d: TARIFAS DE PRIMERA CLASE DEL PACIFICO SUR

Se resuelve la reválida y enmienda de la resolución 056d de acuerdo al
siguiente detalle:

1.  Párrafo  3)a) se ha modificado
             3)a) tarifa de niños: 67% de la tarifa aplicable a adultos.
               Se excluye: Desde América del Norte, Caribe: 75% de la
               tarifa aplicable a adultos.

RESO. 066d: TARIFAS DE CLASE ECONOMICA DEL PACIFICO SUR (vía, PA, PN)

Se resuelve la reválida y enmienda de la resolución 066d de acuerdo al
siguiente detalle:

1.  Párrafo  3)a) se enmienda
             3)a) tarifas de niños: 67% de la tarifa aplicable a adultos.
               Se excluye: Desde América del Norte, Caribe: 75% de la
               tarifa aplicable a adultos

2. El anexo (publicado de forma separada) se reemplaza por un nuevo Anexo
enmendado de acuerdo con la Resolución 002.

RESO. 070yy: TARIFAS DE EXCURSION ENTRE PACIFICO SUROESTE Y AMERICA
CENTRAL, AMERICA DEL SUR
REVALIDA Y ENMIENDA

Se resuelve la reválida y enmienda de la resolución 070yy de acuerdo al
siguiente detalle:

1.  Párrafo  6) A) 2) se enmienda:

6) PERIODOS DE APLICACION

A)2) Períodos estacionales

Alta:     H     27Nov - 29Feb
Baja:     L     01Mar - 26Nov

Excepciones

a) a Australia, Nueva Zelanda

Se hace efectiva para viajes iniciados antes del 1 de Octubre de 1999

Alta:     H     27Nov - 29Feb

Baja:     L     01Mar - 26Nov

Se hace efectiva para viajes a partir o después del 1 de Octubre de 1999

Alta:     H     01Set - 30Set
          H     27Nov - 02Mar

Baja:     L     03Mar - 31Ago
          L     01Oct - 26Nov

b) a/desde Papeete

Alta:     H     15Oct - 11Abr

Baja:     L     12Abr - 14Oct

RESO. 074m: TARIFAS PEX DESDE AMERICA DEL SUR A AUSTRALIA, NUEVA ZELANDA

Se resuelve la reválida y enmienda de la resolución 074m de acuerdo al
siguiente detalle:

1.  Párrafo  6) A) 2) fue modificado

6) PERIODO DE APLICACION
A) 2) Períodos Estacionales

   ALTA     H     27Nov - 29Feb
   BAJA     L     01Mar - 26Nov

Excepciones

a) a Australia, Nueva Zelanda
   Se hace efectiva para viajes iniciados antes del 1 de Octubre de 1999

Alta:     H     27Nov - 29Feb
Baja:     L     01Mar - 26Nov

Se hace efectiva para viajes a partir o después del 1 de Octubre de 1999

Alta:     H     01Set - 30Set
          H     27Nov - 02Mar

Baja:     L     03Mar - 31Ago
          L     01Oct - 26Nov

                                 ANEXO C

RESO. 002L: ENMIENDA ESPECIAL DE RESOLUCION

Los Anexos de las tarifas a las Resoluciones son modificados de acuerdo
al Anexo de esta Resolución.

RESO. 015v: CIFRAS ADD-ON DEL PACIFICO SUR (EXCEPTO EN ESTADOS UNIDOS)

Se resuelve la enmienda de la resolución 015v en lo que refiere a TC31
Sub Area del Pacífico Sur de acuerdo al siguiente detalle:

1. Los Anexos fueron modificados

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo."

2. Los montos de add-on que no aparecen por área 145 fueron borrados y
agregados en el área 130.

3. La explicación de Areas esta enmendada

Explicación de Areas

Area 130 Central América, América del Sur (como se define en la
resolución 012p).

2.- Los precios y condiciones fijadas por la presente Resolución tienen
carácter general y obligatorio para todos los transportadores autorizados
que operen desde y hacia territorio nacional.

3.- Esta Resolución será efectiva a partir del 01 de febrero de 1999.

4.- Regirán las siguientes franquicias de equipaje; la franquicia por
exceso de equipaje por sistema de bultos para viajes desde/hacia Area 1 a
Area 3 comprende dos bultos cuyo peso no supere 32 kilos cada uno, si se
excediera del referido peso cada bulto abonará el monto estipulado en la
Resolución de IATA 311s. Excepcióºn; entre Sudamérica y la Polinesia
Francesa, 25 kilogramos para la clase Económica, 30 kilogramos para la
clase Intermedia y 40 kilogramos para Primera clase. El recargo por
exceso de equipaje será el uno por ciento de la tarifa normal de ida
aplicable para cada tramo del viaje por cada kilogramo.

5.- Quedan sin efecto disposiciones referidas a las tarifas IATA y sus
condiciones de aplicación entre Area 1 - Area 3 (América del Sur/Central
- Pacífico Sur/Sudoeste/Círculo del Pacífico) contenidas en anteriores
resoluciones de la Dirección General.

6.- Notifíquese, tome conocimiento la División de Transporte Aéreo
Comercial y vuelva a la Asesoría Letrada.
EL DIRECTOR GENERAL DE AVIACION CIVIL CNEL. (NAV.) FELIX A. TORNONI

Recibido por D. O. el 28 de Agosto de 2000
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