Fecha de Publicación: 31/08/2000
Página: 370-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

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 Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos al Comando General de la
Fuerza Aérea. Cumplido, archívese.-
  BATLLE, LUIS BREZZO, ALBERTO BENSION, LUCIO CACERES.

                              
                           RESOLUCION Nº 92/999
                   DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL

                                           Montevideo, 15 de marzo de 1999

VISTO: La solicitud de la Cámara de Comercio de la Aeronáutica, a pedido
de PLUNA S. A. Líneas Aéreas Uruguayas y como transportador bandera, de
que sea aprobado el paquete de tarifas IATA TC 123 que se detalla en la
parte resolutiva.

RESULTANDO: Que las tarifas propuestas tienden a adecuar los servicios
ofrecidos a las actuales necesidades del mercado a que sirven.

CONSIDERANDO: Que la puesta en vigencia de las tarifas debe constituir un
hecho inmediato para lograr los fines que se propone, lo que justifica
sea dictada de acuerdo con las previsiones del Artículo 2º de la
reglamentación aprobada por el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 1124/41 de
fecha 4 de junio de 1941.

ATENTO: A lo informado por la División Transporte Aéreo Comercial y la
Asesoría Letrada.

                  EL DIRECTOR GENERAL DE AVIACION CIVIL

                                RESUELVE:

1.- AUTORIZASE en los términos del Artículo 2º de la Reglamentación
aprobada por el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 1124/41 de fecha 4 de
junio de 1941 las resoluciones de carácter urgente entre las Area 1, 2,
3, de la Conferencia de Coordinación de Tarifas de Pasajeros de IATA
TC123 celebrada en la ciudad de Montreal entre los días 12 al 14 de
octubre de 1998. Resoluciones Nos. PTC 0061 y F 0032 Entre el
Sudatlántico - Subcontinente Sudasiático/Sudeste Asiático/ Japón y Corea
(tarifas en Anexo A y condiciones de aplicación en Anexo B), que a
continuación se detallan:

                                 ANEXO A
                       TC123 - Tarifas Sudatlántico

-  Subcontinente Sudasiático
   Tarifas Normales y de Excursión desde Montevideo a:

Base de Tarifa        F      C      Y    MHEE6M   MLEE6M   MHPX1M  MLPX1M
                      OW     OW     OW     RT       RT       RT      RT
Resolución           057O   047O   067O   071V     071V     078V    078V
Indicador Global      AT     AT     AT     AT       AT       AT      AT
Calcuta - CCU         4.231  3.286  2.409  2.977    2.835    2.828   2.692
Chennai - MAA         4.231  3.286  2.409  2.977    2.835    2.828   2.692
Colombo - CMB         4.231  3.286  2.409  2.977    2.835    2.828   2.692
Delhi - DEL           4.150  3.193  2.342  2.894    2.756    2.750   2.618
Dhaka - DAC           4.318  3.317  2.431  3.002    2.859    2.852   2.716
Islamabad - ISB       4.150  3.193  2.342  2.894    2.756    2.750   2.618
Kabul - KBL           4.150  3.193  2.342  2.894    2.756    2.750   2.618
Karachi - KHI         4.059  3.126  2.291  2.830    2.696    2.689   2.561
Kathmandu - KTM       4.318  3.317  2.431  3.002    2.859    2.852   2.716
Mumbai - BOM          4.150  3.193  2.342  2.894    2.756    2.750   2.618

-  Sudeste Asiático
   a) Tarifas Normales desde Montevideo a:

Base de Tarifa        F        F        C        C        Y        Y
                      OW       OW       OW       OW       OW       OW
Resolución           057O     057S     047O     047S     067O     067S
Indicador Global      AT       SA       AT       SA       AT       SA
Almaty - ALA          4.515  -------    3.317  -------    2.431   -------
Ashgabad - ASB        4.605  -------    3.383  -------    2.479   -------
Bandar Seri - BWN     4.701    4.538    3.524    3.036    2.583    2.367
Bangkok - BKK         4.381    4.297    2.849    2.629    2.211    2.073
Beijing - BJS         4.979    4.719    3.732    2.722    2.737    2.148
Ekaterinburg - SVX    4.605  -------    3.383  -------    2.479   -------
Ho-chi-minh - SGN     4.701    4.538    3.524    2.747    2.583    2.167
Hong Kong - HKG       4.593    4.515    2.973    2.701    2.308    2.131
Jakarta - JKT         4.701    4.538    3.524    3.036    2.583    2.367
Kuala Lumpur - KUL    4.701    4.515    3.524    2.701    2.583    2.131
Macau - MFM           4.593    4.515    2.973    2.701    2.308    2.131
Manila - MNL          4.701    4.515    3.524    2.701    2.583    2.131
Novosibirsk - OVB     4.649  -------    3.417  -------    2.504   -------
Shanghai - SHA        4.979    4.719    3.732    2.722    2.737    2.148
Singapur - SIN        4.701    4.515    3.524    2.701    2.583    2.131
Taipei - TPE          4.701    4.538    3.524    2.784    2.583    2.196
Tashkent - TAS        4.515  -------    3.317  -------    2.431   -------
Yangon - RGN          4.423    4.297    3.315    2.808    2.431    2.211

-  Sudeste Asiático
   b) Tarifas de Excursión desde Montevideo a:

Base de Tarifa   MHEE6M MHEE6M MLEE6M MLEE6M MHPX1M MHPX1M MLPX1M MLPX1M
                   RT     RT     RT     RT     RT     RT     RT     RT
Resolución        071V  072YY   071V  072YY   078V  078YY   078V  078YY
Indicador Global   AT     SA     AT     SA     AT     SA     AT     SA
Almaty            3.318 ------- 3.160 ------- 3.152 ------- 3.002 -------
Ashgabad          3.384 ------- 3.223 ------- 3.215 ------- 3.062 -------
Bandar Seri       3.251  2.823  3.096  2.688  3.088  2.682  2.942  2.554
Bangkok           2.537  2.338  2.416  2.227  2.410  2.222  2.296  2.116
Beijing           3.444  2.475  3.281  2.358  3.272  2.351  3.117  2.240
Ekaterinburg      3.384 ------  3.223 ------- 3.215 ------- 3.062 -------
Ho-chi-minh       3.251  2.441  3.096  2.325  3.088  2.320  2.942  2.208
Hong Kong         2.635  2.458  2.509  2.340  2.503  2.335  2.383  2.223
Jakarta           3.251  2.823  3.096  2.688  3.088  2.682  2.942  2.554
Kuala Lumpur      2.351  2.458  3.096  2.340  3.088  2.335  2.942  2.223
Macau             2.635  2.458  2.509  2.340  2.503  2.335  2.383  2.223
Manila            3.251  2.458  3.096  2.340  3.088  2.335  2.942  2.223
Novosibirsk       3.418 ------- 3.255 ------- 3.247 ------  3.092 -------
Shangai           3.444  2.475  3.281  2.358  3.272  2.351  3.117  2.240
Singapur          3.251  2.458  3.096  2.340  3.088  2.335  2.942  2.223
Taipei            3.251  2.594  3.096  2.471  3.088  2.464  2.942  2.347
Tashkent          3.318 ------- 3.160 ------- 3.152 ------- 3.002 -------
Yangon            3.058  2.458  2.913  2.340  2.906  2.335  2.768  2.223

-  Japón/Corea
   Tarifas Normales y de Excursión desde Montevideo a:

Base de Tarifa        F      C      Y    MHEE6M   MLEE6M   MHPX1M  MLPX1M
                      OW     OW     OW     RT       RT       RT      RT
Resolución           057O   047O   067O   071V     071V     078V    078V
Indicador Global      AT     AT     AT     AT       AT       AT      AT
Seúl - SEL            5.108  3.912  2.868  3.402    3.240    3.232   3.079
Tokio - TYO           5.108  3.912  2.868 ------- -------  ------- -------

                                 ANEXO B

                            TC123 SUDATLANTICO
                        CONDICIONES DE APLICACION

        TC123 Conferencia de Coordinación de Tarifas de Pasajeros
                       Montreal, 12-14 Octubre 1998
                 TC123 Resoluciones para el Atlántico Sur
                  Fecha de efectividad: 1ro. Marzo 1999

A continuación se encuentran las Resoluciones para el Sudatlántico TC123,
que fueron adoptadas en la conferencia descripta, para un fecha de
efectividad del 1º de marzo.

RESO. 001a: TC123 ATLANTICO SUR - RESOLUCIONES ESPECIALES DE APLICACION

Se resuelve que las siguientes Resoluciones han sido adoptadas para la
aplicación entre puntos del TC1 y puntos del TC3; excepto el Sudoeste del
Pacífico:

047o, 047s, 057o, 057s, 067o, 067s, 071v, 072yy, 078v, 078yy, 115b.

RESO. 002: TC123 ATLANTICO SUR - RESOLUCION ESTANDAR DE REVALIDA/ENMIENDA

Se resuelve que, para aplicación entre puntos entre TC123 subárea del
Sudatlántico

1.  la siguiente Resolución se revalida hasta su fecha de
vencimiento:
    115b.

2.  los Anexos a las tarifas de estas Resoluciones son enmendados de
acuerdo al Anexo de esta Resolución

1.  Tarifas Normales

Las tarifas RT normales fueron canceladas; la base de tarifa para los
niveles OW, se enmendaron de OO a OW.

                    Tarifas de clase Intermedia vía AT

                                   047o

Se resuelve que la Resolución 047o se revalida y enmienda de la siguiente
manera:

1.   Se enmienda el párrafo 3)

3.   Tarifas para niños:

a.   Niños acompañados por un pasajero que paga tarifa de adulto: 75% de
     la tarifa de adulto aplicable.
Excepción: desde Argentina, Brasil, Chile, Japón, Paraguay, Uruguay: 67%
de la tarifa de adulto aplicable.

b.   Niños sin acompañante: 100% de la tarifa de adulto aplicable
Excepción: niños sin acompañante de 8-11 años
i.   desde India: 75% de la tarifa de adulto aplicable
ii.  desde Japón: 67% de la tarifa de adulto aplicable.

                    Tarifas de clase Intermedia vía SA

                                   047s

1.   Se enmienda el párrafo 4

4.   Tarifas para niños:

a.   Niños acompañados por un pasajero que paga tarifa de adulto: 75% de
     la tarifa de adulto aplicable.
Excepción: desde Argentina, Brasil, Chile, Japón, Paraguay, Uruguay: 67%
de la tarifa de adulto aplicable.

b.   Niños sin acompañante: 100% de la tarifa de adulto aplicable
Excepción: niños sin acompañante de 8-11 años
iii. desde India: 75% de la tarifa de adulto aplicable
iv.  desde Japón: 67% de la tarifa de adulto aplicable.

     Tarifas de Primera clase para TC123 - Sudatlántico vía AT
                                   057o

Se resuelve que, la Resolución 057o se revalida y enmienda como sigue:

2.   Tarifas para niños

a.   Niños acompañados por un pasajero que paga tarifa de adulto: 75% de
     la tarifa de adulto aplicable.
Excepción: desde Argentina, Brasil, Chile, Japón, Paraguay, Uruguay: 67%
de la tarifa de adulto aplicable.

b.   Niños sin acompañante: 100% de la tarifa de adulto aplicable
Excepción: niños sin acompañante de 8-11 años
v.   desde India: 75% de la tarifa de adulto aplicable
vi.  desde Japón: 67% de la tarifa de adulto aplicable.

                     Tarifas de Primera clase vía SA

                                  TC057s

Se resuelve que la Resolución 057s se revalida y enmienda de la siguiente
manera:

a.   Niños acompañados por un pasajero que paga tarifa de adulto: 75% de
     la tarifa de adulto aplicable.
Excepción: desde Argentina, Brasil, Chile, Japón, Paraguay, Uruguay: 67%
de la tarifa de adulto aplicable.

b.   Niños sin acompañante: 100% de la tarifa de adulto aplicable.

                    Tarifas de clase económica vía AT
                                   067o

Se resuelve que, la Resolución 067 o se revalida y enmienda de la
siguiente manera:

1.   Párrafo 3 se enmienda

3.   Tarifas para niños:

b.   Niños acompañados por un pasajero que paga tarifa de adulto: 75% de
     la tarifa de adulto aplicable.
Excepción: desde Argentina, Brasil, Chile, Japón, Paraguay, Uruguay: 67%
de la tarifa de adulto aplicable.

b.   Niños sin acompañante: 100% de la tarifa de adulto aplicable
Excepción: niños sin acompañante de 8-11 años
vii. desde India: 75% de la tarifa de adulto aplicable
viii.   desde Japón: 67% de la tarifa de adulto aplicable.

                     Tarifa de clase económica vía SA
                                   067s

Se resuelve que, la Resolución 067s se revalida y enmienda de la
siguiente manera:

2.   Párrafo 3 se enmienda

3.   Tarifas para niños:

c.   Niños acompañados por un pasajero que paga tarifa de adulto: 75% de
     la tarifa de adulto aplicable.
Excepción: desde Argentina, Brasil, Chile, Japón, Paraguay, Uruguay: 67%
de la tarifa de adulto aplicable.

b.   Niños sin acompañante: 100% de la tarifa de adulto aplicable

                            TC123 Sudatlántico
    Tarifas de excursión entre el Sudatlántico y Corea, Subcontinente
                   Sudasiático, Sudeste de Asia vía AT.

                                  071 V

Se resuelve que, la Resolución 071 v se revalida y enmienda de la
siguiente forma:

1.   Párrafo 0)A)1) se enmienda

A)1)  Aplicación

Clase económica

0.   Tarifas de excursión en clase económica, para viajes RT, CT y SOJ.

a.   entre el Sudatlántico y Corea, Subcontinente Sudasiático vía AT.
b.   Entre el Sudatlántico y el Sudeste de Asia vía AT cuando el viaje
     es vía un punto del TC2 que no sea un punto de Africa Central, Africa
     del Sur, e Islas del Océano Indico.

3.   Estacionalidad

A.   Períodos estacionales

1.   desde TC1

Alta     H     18 JUN - 08 AGO
         H     10 DIC - 30 ENE

Baja     L     31 ENE - 17 JUN
         L     09 AGO - 09 DIC

8.   Paradas estancia

A.2)   adicionales permitidas, cada una con un cargo de USD 100

19. Descuentos para niños e infantes

A.1.   Niños
a.     Niños acompañados por un pasajero con tarifa de adulto: 75% de la
       tarifa de adulto aplicable.
b.     Niños no acompañados: pagan el 100% de la tarifa de adulto
       aplicable.

 TC123 Tarifas de excursión entre el Sudatlántico y Sudeste asiático vía
                                    SA

                                  072YY

0.   Aplicación
A.1.   Aplicación
Tarifas de excursión en clase económica, para viajes RT, CT, SOJ entre el
Sudatlántico y el Sudeste asiático vía SA cuando el viaje no es vía un
punto en TC2 que no sea un punto en Africa Central, Africa del sur, e
Islas del Océano Indico.

1.   Estacionalidad
A.   Períodos estacionales

ALTA     H     18 JUN - 08 AGO
         H     10 DIC - 30 ENE

BAJA     L     31 ENE - 17 JUN
         L     09 AGO - 09 DIC

8.   Paradas estancia

A.2)  adicionales permitidas, cada una con un cargo de USD 100

19.  Descuentos para niños e infantes
A.1.   Niños
a.   Niños acompañados por un pasajero que paga tarifa de adulto: 75% de
     la tarifa de adulto aplicable
b.   Niños sin acompañante: 100% de la tarifa de adulto aplicable

  TC123 Tarifas Especiales de excursión entre el Sudatlántico y Corea,
           Subcontinente Sudasiático, Sudeste asiático vía AT.

                                   078v

1.   Aplicación
A.1.  Aplicación
Tarifas especiales de excursión (PEX) en clase económica, para viajes RT,
CT, SOJ
a.   entre el Sudatlántico y Corea, Subcontinente Sudasiático vía AT.
b.   entre el Sudatlántico y el Sudeste asiático vía AT cuando el viaje
     es vía un punto en TC2 que no sea un punto en Africa Central, Africa
     del sur, e Islas del Océano Indico.

3.   Estacionalidad
A.   Períodos estacionales

1.   desde TC1

ALTA     H     18 JUN - 08 AGO
         H     10 DIC - 30 ENE

BAJA     L     31 ENE - 17 JUN
         L     09 AGO - 09 DIC

16.  Penalidades

A. 1. Devolución por Cancelación y No-show

a.   antes de la partida: reembolso de la tarifa paga menos USD 100.
b.   Después de la partida: devolución de la diferencia entre la tarifa
     paga y la tarifa aplicable para el transporte utilizado menos USD
     100.
c.   La cantidad no reembolsable, puede ser utilizada como parte de pago
     de otra tarifa aplicable más alta. La cantidad no reembolsable
     original permanece como no reembolsable. El nuevo billete y sus
     reemisiones deberán llevar la inscripción "NONREF/PEX".

2.   Cambio de ruta y de reserva

a.
i.   antes de la partida: permitida con un cargo de USD 100 por
transacción. Dicha transacción no debe ser realizada mas allá del día
anterior al vuelo a ser cambiado.
ii.
     aa. La dirección de salida de la unidad de precio: no permitida.
     bb. La dirección de entrada de la unidad de precio: permitida con un
     cargo por transacción de USD 100. Dicha transacción debe realizarse
     no mas allá del día anterior al día del vuelo a ser cambiado.

19.  Descuentos para niños e infantes

A. 1.     Niños
a.1. Niños acompañados por un pasajero que paga la tarifa de adulto:
     75% de la tarifa de adulto aplicable.
b.   Niños sin acompañante: 100% de la tarifa de adulto aplicable.

B.   Excepción a la Resolución 201, Paragrafo 3: cargos en Paragrafo
     16): niños pagan el total de la tarifa.

  TC123 Tarifas especiales para el Sudatlántico entre el Sudatlántico y
                         Sudeste asiático vía SA.
                                  078yy

0.   Aplicación
A.1.   Aplicación
Tarifas especiales de excursión en clase económica, para viajes RT, CT,
SOJ
a. entre el Sudatlántico y Sudeste asiático vía SA cuando el viaje es vía
un punto en TC2 que no sea un punto en Africa Central, Africa del sur, e
Islas del Océano Indico.

3.   Estacionalidad
A.   Períodos estacionales
1.   desde TC1
ALTA     H     18 JUN - 08 AGO
         H     10 DIC - 30 ENE
BAJA     L     31 ENE - 17 JUN
         L     09 AGO - 09 DIC

16.  Penalidades
C.   1. Devolución por Cancelación y No-show
d.   antes de la partida: reembolso de la tarifa paga menos USD 100.
e.   Después de la partida: devolución de la diferencia entre la tarifa
     paga y la tarifa aplicable para el transporte utilizado menos USD
     100.
f.   La cantidad no reembolsable, puede ser utilizada como parte de pago
     de otra tarifa aplicable más alta. La cantidad no reembolsable
     original permanece como no reembolsable. El nuevo billete y sus
     reemisiones deberán llevar la inscripción "NONREF/PEX".

2.   Cambio de ruta y de reserva
a.
i. antes de la partida: permitida con un cargo de USD 100 por
transacción. Dicha transacción no debe ser realizada mas allá del día
anterior al vuelo a ser cambiado.
ii. después de la partida
    aa. La dirección de salida de la unidad de precio: no permitida.
    bb. La dirección de entrada de la unidad de precio: permitida con un
    cargo por transacción de USD 100.
    Dicha transacción debe realizarse no mas allá del día del vuelo a ser
    cambiado.

19. Descuentos para niños e infantes
A. 1. Niños
a.1. Niños acompañados por un pasajero que paga la tarifa de adulto: 75%
     de la tarifa de adulto aplicable.
b.   Niños sin acompañante: 100% de la tarifa de adulto aplicable.

D. Excepción a la Resolución 201, Párrafo 3: cargos en Párrafo 16): niños
pagan el total de la tarifa.

2.- Los precios y condiciones fijadas por la presente Resolución tienen
carácter general y obligatorio para todos los transportadores autorizados
que operen desde y hacia territorio nacional.

3.- Regirán las siguientes franquicias de equipaje; 25 kilogramos para la
clase Turística y Económica, 30 kilogramos para la clase Intermedia y 40
kilogramos para Primera clase. El recargo por cada kilogramo de exceso de
equipaje será el uno por ciento de la tarifa normal directa de ida de
adulto, más alta en clase económica.

4.- Quedan sin efecto disposiciones referidas a las tarifas IATA y sus
condiciones de aplicación entre las Area 1, 2, 3 (Sudatlántico -
Subcontinente Sudasiático/Sudeste Asiático/Japón y Corea) contenidas en
anteriores resoluciones de la Dirección General.

5.- Notifíquese, tome conocimiento la División de Transporte Aéreo
Comercial y vuelva a la Asesoría Letrada. EL DIRECTOR GENERAL DE AVIACION
CIVIL CNEL. (NAV.) FELIX A. TORNONI.
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