Fecha de Publicación: 28/05/2002
Página: 472-A
Carilla: 20

MINISTERIO DE TURISMO

Resolución 875/002

Declárase promovida la actividad turística que desarrollará la empresa 
Agroturismo S.R.L.
(1.502*R)

MINISTERIO DE TURISMO
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                            Montevideo, 14 de mayo de 2002
                                                                          
VISTO: La solicitud de la empresa Agroturismo S.R.L. tendiente a obtener 
la declaratoria promocional para la actividad que se propone realizar 
comprendida en el literal b. del artículo 1º del Decreto Nº 124/001 de 5 
de abril de 2001 y los beneficios promocionales correspondientes.

RESULTANDO: I) Que la actividad mencionada tiene como cometido el 
equipamiento de un "Hotel en Mercedes".

II) Que la Comisión de Aplicación creada por el artículo 12º de la Ley Nº 
16.906 de 7 de enero de 1998, recomienda la declaratoria de promocional 
para la actividad que desarrollará la empresa Agroturismo S.R.L. y 
propone medidas promocionales.

CONSIDERANDO: I) Que la solicitud presentada por la empresa Agroturismo 
S.R.L. para el "Hotel en Mercedes" de 26 habitaciones cumple con los 
requisitos exigidos en el artículo 9º del Decreto Nº 124/001 de 5 de 
abril de 2001.

II) Que el monto imponible para usufructuar los beneficios del artículo 
4º del Decreto Nº 124/001 de 5 de abril de 2001, para los bienes de 
activo fijo destinado al equipamiento, no supera las trescientas Unidades 
Reajustables del Banco Hipotecario del Uruguay por habitación o unidad.

ATENTO: A lo recomendado por la Comisión de Aplicación, a lo establecido 
por la Ley Nº 16.906 de 7 de enero de 1998 y el Decreto Nº 124/001 de 5 
de abril de 2001.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 RESUELVE                                 

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 Declárase promovida, de acuerdo a lo establecido en el art. 1º de la Ley 
Nº 16.906 de 7 de enero de 1998 e inciso b. del artículo 1º del Decreto 
Nº 124/001 de 5 de abril de 2001, la actividad turística que desarrollará 
la empresa Agroturismo S.R.L. para el equipamiento del "Hotel en 
Mercedes" sito en la calle Avenida Asencio Nº 728 en la ciudad de 
Mercedes, departamento de Soriano, por un monto total de inversión de U$S 
112.257 (dólares americanos ciento doce mil doscientos cincuenta y 
siete).



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