Resolución 768/004
Apruébase la reforma de Estatutos del Fondo Complementario de los
funcionarios del Banco de la República Oriental del Uruguay (SEMU-BROU).
(1.599*R)
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Montevideo, 13 de agosto de 2004
VISTO: La solicitud de aprobación de la reforma de Estatutos del Fondo
Complementario de los funcionarios del BROU (SEMU BROU), de fecha 18 de
setiembre de 2001.
RESULTANDO: Que de acuerdo a lo informado por la Asesoría Económico
Actuarial y por el Area de Asesoría Legal del Banco de Previsión Social,
por la Asesoría Letrada del Ministerio de Educación y Cultura y por la
Asesoría de la Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, y luego de haberse cumplido con las observaciones formuladas, las
modificaciones realizadas a los Estatutos de SEMU-BROU, pueden
considerarse encuadrados dentro de los requisitos exigidos por las normas
vigentes.
CONSIDERANDO: Que se entiende que la presente gestión se encuadra dentro
de los requisitos exigidos por las normas vigentes.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto, y a lo dispuesto por el
Decreto-Ley 15.611 de 10 de agosto de 1984 y su Decreto Reglamentario Nº
305/989 de 28 de junio de 1989;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
1
Apruébase la reforma de Estatutos del Fondo Complementario de los
funcionarios del Banco de la República Oriental del Uruguay (SEMU-BROU).