Fecha de Publicación: 13/08/2009
Página: 409-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Resolución 719/009

Apruébase la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronáutica 529/008, por la que se autorizó a la empresa
Aerodol SRL, a operar servicios de transporte aéreo público nacional e
internacional no regular de pasajeros, correo y carga en la modalidad de
taxi aéreo.
(1.845*R)

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
  MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

                                           Montevideo, 3 de Agosto de 2009

VISTO: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea - Dirección
Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica - para que se
apruebe la Resolución de dicha Dirección Nacional 529/008 de 9 de
diciembre de 2008.

RESULTANDO: que por la mencionada Resolución se autorizó a la empresa
Aerodol SRL, a operar servicios de transporte aéreo público nacional e
internacional no regular de pasajeros, correo y carga en la modalidad de
taxi aéreo.

CONSIDERANDO: I) lo preceptuado por el artículo 37 del Decreto 325/974 de
26 de abril de 1974.

II) que la Resolución a aprobar fue dictada de acuerdo con el artículo 15
bis del Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando
General de la Fuerza Aérea con el asesoramiento de la Junta Nacional de
Aeronáutica Civil y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del
Ministerio de Defensa Nacional.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Apruébase la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronáutica 529/008 de 9 de diciembre de 2008 que fuera
dictada al amparo de lo dispuesto en el artículo 15 bis del Decreto 39/977
de 25 de enero de 1977, por la cual se autorizó a la empresa Aerodol SRL,
a operar servicios de transporte aéreo público nacional e internacional no
regular de pasajeros, correo y carga en la modalidad de taxi aéreo.

2

 Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea -
Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica a sus
efectos. Cumplido, archívese.
Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; JOSE BAYARDI; ANDRES
MASOLLER; VICTOR ROSSI.



DIRECCION NACIONAL DE AVIACION CIVIL E INFRAESTRUCTURA AERONAUTICA

                          RESOLUCION Nº 529 2008

Aeropuerto Internacional de Carrasco, "Gral. Cesáreo L. Berisso", 09 DIC.
2008

VISTO: La solicitud de la empresa AERODOL SRL, para que se le autorice a
operar servicios de transporte aéreo público nacional e internacional no
regular de pasajeros, coreo y carga modalidad de taxi aéreo.
CONSIDERANDO: I) Que no existe objeción en acceder a lo solicitado.
II) Que la peticionante ha dado cumplimiento en lo pertinente a los
requisitos previstos por el artículo 13 del Decreto 39/77 de fecha 25 de
enero de 1977, que se encuentra en trámite la instrucción del
procedimiento y que se dan en el caso circunstancias que ameritan otorgar
la autorización al amparo de lo dispuesto por el artículo 15 bis del
Decreto 39/77 de 25 de 1977.
ATENTO: A lo dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo 39/77 de 25 de
enero de 1977, Decretos 21/99 de 26 de enero de 1999 y 267/06 de 9 de
agosto de 2006, a lo informado por las Direcciones Transporte Aéreo
Comercial, Seguridad Operacional, a la Asesoría Letrada y a lo recomendado
por la Junta Nacional de Aeronáutica Civil en sesión Nº 23 de fecha 6 de
noviembre de 2008.

                 EL DIRECTOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL E

                       INFRAESTRUCTURA AERONAUTICA

                                RESUELVE:

1.- AUTORIZASE provisoriamente de acuerdo a lo dispuesto por el artículo
15 bis del Decreto 39/77 de 25 de enero de 1977 a la empresa AERODOL SRL,
con domicilio en Ruta 105 Km.23.200 Dolores-Departamento de Soriano, a
operar servicios de transporte aéreo público nacional e internacional no
regular de pasajeros correo y carga en la modalidad de taxi aéreo.
2.- La base de operaciones será en el Aeródromo Ricardo De Tomasi - ciudad
de Mercedes -Departamento de Soriano.
3.- El servicio será cumplido con la aeronave marca Beechcraft Baron B 58
matrícula CX-DOL o las que autorice la Dirección Nacional de Aviación
Civil e Infraestructura Aeronáutica, la que determinará las limitaciones
operativas a que deberá ajustarse la autorizada.
4.- La presente autorización es precaria y revocable y no podrá ser objeto
de cesión sin la previa autorización del Poder Ejecutivo.
5.- La autorizada deberá iniciar los servicios dentro de los noventa (90)
días de notificada la presente Resolución.
6.- La tarifa a aplicar será de: U$S 100 (dólares americanos cien) más
impuestos la hora para aviones monomotores y U$S 200 (dólares americanos
doscientos) más impuestos la hora para aviones bimotores. Dichas tarifas
no incluyen gastos aeroportuarios, sobrevuelos y de servicios de
protección al vuelo que serán de cuenta de los eventuales clientes.
7.- Con anterioridad a la iniciación de los servicios deberá acreditar
ante la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura
Aeronáutica:
a) la posesión de los Certificados de Matrícula y Aeronavegabilidad de la
aeronave a utilizar;
b) las Licencias de su personal aeronáutico;
c) el registro de la contratación y vigencia de los seguros obligatorios
prescriptos por el Título XIV del Código Aeronáutico;
d) haber obtenido calificación al amparo del RAU 135-5 y estar en las
condiciones establecidas en los demás Reglamentos Aeronáuticos Uruguayos
(RAU) en lo que fuere pertinente.
8.- Fórmese pieza por separado con testimonio de las actuaciones, para
proseguir el trámite de la concesión provisoria, sin perjuicio de la
prosecución de los procedimientos principales para la resolución
definitiva.
9.- Notifíquese y tomen conocimiento las Direcciones Transporte Aéreo
Comercial, Seguridad de Operacional, Circulación Aérea, Administración y
Finanzas, Registro Nacional de Aeronaves y Asesoría Letrada, Cumplido,
elévese a sus efectos.
EL DIRECTOR NACIONAL DE AVIACION E INFRAESTRUCTURA AERONAUTICA
BRIG. GRAL. (AV.)
DANIEL OLMEDO.


		
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