PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Resolución 660/011
Apruébase la Resolución del Directorio de la ANP 537/3.612, por la que se
autorizó la habilitación a la empresa CALMADON S.A., a prestar servicios
en los Puertos de Montevideo, Fray Bentos, Nueva Palmira y Paysandú.
(92*R)
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Montevideo, 29 de Diciembre de 2011
VISTO: la gestión promovida por la empresa CALMADON S.A., ante la
Administración Nacional de Puertos, solicitando la autorización
correspondiente para la prestación de servicios portuarios.
RESULTANDO: I) Que la misma se extiende para el Grupo "A la Mercadería" en
las categorías B) "Empresas Estibadoras de Carga General", C) "Empresas
Estibadoras de Graneles", D) "Empresas Estibadoras de Productos
Congelados" y E) "Empresas Prestadoras de Servicios Varios y Conexos a la
Mercadería" y en el Grupo "Al Buque" Amarre y Desamarre" en los Puertos de
Montevideo, Nueva Palmira, Fray Bentos y Paysandú.
II) Que las Oficinas Técnicas de la citada Administración Nacional,
controlaron sin objeciones la documentación aportada por la interesada, en
cumplimiento de los requisitos económicos, administrativos y jurídicos que
se exigen reglamentariamente para la habilitación en cuestión.
III) Que la Administración Nacional de Puertos por Resolución de su
Directorio N° 537/3.612 de 18 de octubre de 2011, procedió autorizar a
dicha empresa la habilitación gestionada, supeditada a la aprobación del
Poder Ejecutivo.
IV) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de
Transporte Fluvial y Marítimo) y la División Servicios Jurídicos
(Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, se expidieron al respecto no formulando objeciones.
ATENTO: a lo dispuesto en la Ley N° 16.246 de 8 de abril de 1992 y
Decretos Reglamentarios N°s. 412/992 y 413/992 de 1° de setiembre de 1992.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Apruébase la Resolución del Directorio de la Administración Nacional de
Puertos N° 537/3.612 de 18 de octubre de 2011, por la cual se autorizó la
habilitación a la empresa CALMADON S.A., para prestar servicios portuarios
en el Grupo "A la Mercadería" en las categorías B) "Empresas Estibadoras
de Carga General", C) "Empresas Estibadoras de Graneles", D) "Empresas
Estibadoras de Productos Congelados" y E) "Empresas Prestadoras de
Servicios Varios y Conexos a la Mercadería" y en el Grupo "Al Buque"
Amarre y Desamarre" en los Puertos de Montevideo, Nueva Palmira, Fray
Bentos y Paysandú.
Comuníquese y vuelva a la citada Administración Nacional, a sus efectos.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; ENRIQUE PINTADO.
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."
DEPARTAMENTO SECRETARÍA GENERAL
111326
R. Dir. 537/3.612
OT/mt
Ref: CALMADON S.A. SOLICITA HABILITACIÓN Y POSTERIOR INSCRIPCIÓN EN EL
REGISTRO GENERAL DE EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS PORTUARIOS.
AUTORIZAR.
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Montevideo, 18 de octubre de 2011.
VISTO:
La solicitud de la empresa CALMADON S.A. para la habilitación y posterior
inscripción en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios
Portuarios, de acuerdo con el Decreto 412/992 de fecha 01/09/1992.
CONSIDERANDO:
Que la empresa operadora solicitó ser habilitada para prestar servicios en
el Grupo "A la Mercadería" en las categorías B) "Empresas Estibadoras de
Carga General", C) "Empresas Estibadoras de Graneles, D) "Empresas
Estibadoras de Productos Congelados" y E) "Empresas Prestadoras de
Servicios Varios y Conexos a la Mercadería" y en el Grupo "Al Buque"
Amarre y Desamarre" en los Puertos de Montevideo, Nueva Palmira, Fray
Bentos y Paysandú.
ATENTO:
A lo expuesto y a lo dispuesto en los Artículos 14° y 18° del Decreto
413/92 que aprueba el Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras
de Servicios Portuarios;
El Directorio en su Sesión 3.612, celebrada en el día de la fecha;
RESUELVE:
Autorizar la habilitación -supeditado a la aprobación del Poder Ejecutivo-
a la empresa CALMADON S.A. a efectos de prestar servicios portuarios y por
consiguiente su inscripción en el Registro General de Empresas Prestadoras
de Servicios Portuarios, en las categorías fijadas en el Artículo 12, del
Decreto 413/992 del Grupo - "A la Mercadería" en las categorías B)
"Empresas Estibadoras de Carga General", C) "Empresas Estibadoras de
Graneles", D) "Empresas Estibadoras de Productos Congelados" y E)
"Empresas Prestadoras de Servicios Varios y Conexos a la Mercadería" y en
el Grupo "Al Buque" Amarre y Desamarre" en los Puertos de Montevideo,
Nueva Palmira, Fray Bentos y Paysandú.
Notificar a la firma CALMADON S.A. la presente Resolución.
Cumplido, pase a la Unidad Reguladora de Trámites a los efectos de remitir
las presentes actuaciones al Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Sr. Juan José DOMÍNGUEZ DÍAZ, Vicepresidente en ejercicio de la
Presidencia Administración Nacional de Puertos; Dra. Liliana PEIRANO,
Secretaria General Interina Administración Nacional de Puertos.