Autorízase a la empresa ROMALUR S.A. a usufructuar el beneficio previsto
en el artículo 3º inciso f. del Decreto 124/001, exoneración del Impuesto
al Valor Agregado a las importaciones de bienes destinados al
equipamiento, cuyo listado obra anexo a la presente, por hasta un monto
imponible de U$S 1:093.076 (dólares americanos un millón noventa y tres
mil setenta y seis).