Resolución 59/016
Autorízase la ampliación del Acuerdo de Gestión de Servicios celebrado entre la DINACIA y la OACI.
(401*R)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 16 de Febrero de 2016
VISTO: la necesidad de autorizar la ampliación del Acuerdo de Gestión de Servicios celebrado entre la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica (DINACIA) y la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo de 30 de noviembre de 2009 (número interno 87.154) se autorizó la suscripción del Acuerdo de Gestión de Servicios antes citado, con la finalidad de implementar un proyecto de Fortalecimiento Institucional en relación a la "Vigilancia continua en la Seguridad Operacional", por un monto de U$S 1.000.000,00 (dólares estadounidenses un millón con 00/100).
II) que en el numeral 12 de dicho Acuerdo se establece que "Toda enmienda al presente acuerdo se efectuará por consentimiento mutuo entre las partes mediante la correspondiente carta de acuerdo suplementaria."
III) que por la Resolución del Poder Ejecutivo de 5 de julio de 2010 (número interno 88.178) se homologó la ampliación del mencionado Acuerdo de Gestión de Servicios para la adquisición y puesta en funcionamiento de un nuevo Sistema de Control de Tránsito Aéreo compuesto de un Radar, Comunicaciones para el control de tránsito aéreo y sistemas asociados, correspondiendo dicha ampliación a la Revisión "B" por un total de U$S 9.208.000,00 (dólares estadounidenses nueve millones doscientos ocho mil con 00/100), por un monto de Euros 6.000.000,00 (euros seis millones con 00/100), los cuales se obtuvieron en carácter de préstamo por parte del Banco de la República Oriental del Uruguay, el cual fue habilitado por la Ley 18.622 de 9 de noviembre de 2009.
IV) que con posterioridad se efectuó una nueva ampliación del Proyecto de Cooperación Técnica con la Organización de Aviación Civil Internacional URU/08/801, mediante la Resolución del Poder Ejecutivo de 31 de diciembre de 2010 (número interno 88.931), con la finalidad de ajustar las diferencias financieras por tipo de cambio generadas, atender el incremento de costos en la adquisición de un nuevo Sistema de Control de Tránsito Aéreo y sistemas asociados para el Aeropuerto Internacional de Carrasco "Gral. Cesáreo L. Berisso" y realizar las inversiones necesarias para actualizar y adquirir diversos equipamientos y sistemas aeronáuticos; correspondiendo dicha ampliación a la Revisión "C" por un total de U$S 4:403.895,00 (dólares estadounidenses cuatro millones cuatrocientos tres mil ochocientos noventa y cinco con 00/100).
V) que ulteriormente se realizó otra ampliación del Proyecto de Cooperación Técnica antes citado, mediante la Resolución del Poder Ejecutivo 588/013 de 24 setiembre de 2013, con la finalidad de prorrogar la contratación de los técnicos en la materia y ampliar la planilla de los mismos, realizar actividades de capacitación, profundizar la reestructura organizacional y realizar el mantenimiento y la calibración de las ayudas a la navegación aérea de todo el país; correspondiendo dicha ampliación a la Revisión "D" por un total de U$S 3:400.000,00 (dólares estadounidenses tres millones cuatrocientos mil con 00/100).
VI) que la Organización de Aviación Civil Internacional y la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica han determinado que en tanto se realiza la implementación del cambio organizacional propuesto resulta indispensable continuar contando con la posibilidad de contratar los técnicos en esa materia que actualmente realizan su labor dentro del marco del Proyecto, así como también realizar actividades de capacitación en el exterior y en el país, para el personal de la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica mediante cursos específicos, por la suma de hasta U$S 3.850.000 durante los próximos cuatro años.
VII) que la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica cuenta con disponibilidad suficiente en el PIP 933 "Seguridad Operacional" durante el período total de duración del Acuerdo, a efectos de atender la citada revisión de convenio por un total de hasta U$S 3.850.000,00 (dólares estadounidenses tres millones ochocientos cincuenta mil con 00/100) dentro de las partidas presupuestales solicitadas al momento de realizar la formulación del presupuesto quinquenal.
CONSIDERANDO: I) que es de aplicación en este caso lo dispuesto por el numeral 5) del literal C) del artículo 33 del "TOCAF", aprobado por Decreto 150/012 de 11 de mayo de 2012, el cual establece que podrá contratarse directamente en el caso de adquisición de bienes que no se produzcan o suministren en el país y que convenga efectuar por intermedio de Organismos Internacionales a los que esté adherida la Nación.
II) que con fecha 15 de julio de 2015 el Tribunal de Cuentas realizó la intervención preventiva y acordó cometer al Contador Delegado de dicho Tribunal destacado en el Ministerio de Defensa Nacional la intervención del gasto de 3.850.000,00 (dólares estadounidenses tres millones ochocientos cincuenta mil con 00/100), previo contralor de la apertura de los créditos respectivos y de la imputación efectuada con cargo al grupo adecuado con disponibilidad suficiente.
III) que resulta conveniente y necesaria la autorización de la Ampliación del Acuerdo, a los efectos de lograr el cumplimiento de las obligaciones internacionales de la República y el fortalecimiento de la Seguridad Operacional en el espacio aéreo nacional.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica, por el Departamento Jurídico Notarial - Sección Notarial y por la Dirección General de Recursos Financieros del Ministerio de Defensa Nacional y a lo dispuesto por el numeral 5) del literal C) del artículo 33 del "TOCAF", aprobado por el Decreto 150/012 de 11 de mayo de 2012.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Autorizar la extensión hasta el 15 de agosto de 2019 del Acuerdo de Gestión de Servicios celebrado entre la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica (DINACIA) y la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), con la finalidad de prorrogar la contratación de acuerdo a lo establecido en el Resultando VI de la presente Resolución.
Autorizar la ampliación del Acuerdo señalado en el numeral 1ro. de la presente Resolución por hasta un monto de U$S 3.850.000,00 (dólares estadounidenses tres millones ochocientos cincuenta mil con 00/100) y a efectuar la transferencia a la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) por hasta dicho monto, durante la vigencia del Acuerdo así extendido, en los términos del Anexo I que luce de fojas 412 a 423 del expediente administrativo del Ministerio de Defensa Nacional 2008.04258-9, el cual se considera parte integrante de la presente Resolución.
Establecer que dicha erogación se atenderá con cargo al Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", Programa 367 "Política Infraestructura Aeronáutica", Unidad Ejecutora 041 "Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica", Objeto del Gasto 581 del PIP 933 "Seguridad Operacional", que cuenta con disponibilidad suficiente.
Comuníquese, publíquese, remítase copia de la presente Resolución al Tribunal de Cuentas y pase al Contador Auditor de dicho Tribunal y al Contador Central de la Contaduría General de la Nación, ambos destacados en el Ministerio de Defensa Nacional, a la Dirección General de Recursos Financieros, al Departamento Jurídico-Notarial, Sección Notarial del Ministerio de Defensa Nacional y a la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica a sus efectos. Cumplido archívese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO; JOSÉ LUIS CANCELA; DANILO ASTORI.
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo."
ANEXO I
al Acuerdo de Servicios de Gestión suscrito entre la Dirección Nacional de
Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica (DINACIA) y la OACI
DOCUMENTO DE PROYECTO
(CONFIDENCIAL)
Número:
URU/08/801/E
Título:
Fortalecimiento institucional de la DINACIA
Duración:
10 años
Sector y sub-sector:
Transporte aéreo, Aviación Civil
Agencia ejecutora del Gobierno:
Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica (DINACIA)
Organismo de ejecución:
Organización de Aviación Civil Internacional (OACI)
Anterior Presupuesto "D":
USD$ 17,011,895
Actual Presupuesto "E":
USD$ 20,861,895
Fondos 2015-2019:
USD$ 3,850,000
Fuente de fondos:
Gobierno
Breve descripción: La presente Revisión E tiene por objeto reflejar en el presupuesto los gastos reales hasta el 2014 y extender por cuatro años el proyecto URU08801. El objetivo de la extensión es solamente la contratación del personal nacional de la DINACIA según sea necesario y la capacitación del personal de esta institución de acuerdo al plan de capacitación que esta haya establecido...
Aprobado en nombre de:
Firma
Nombre/Títuto
Fecha
DINACIA
Brigadier General (Av.)
Antonio Alarcón
Director Nacional
OACI
Iván Galán
Director, Dirección de cooperación técnica
A. CONTEXTO
1. Antecedentes
1.1 En su comunicación de Mayo 2015, la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica (DINACIA) solicitó a la OACI realizar una ampliación del proyecto "Fortalecimiento institucional de la DINACIA" (URU/08/801) por un plazo de cuatro años, limitando los objetivos del proyecto a la contratación del personal nacional y su capacitación.
1.2 El proyecto ha cumplido hasta el 2015 con las metas establecidas, por ejemplo se compró un radar primario, un sistema de comunicaciones para el Aeropuerto Carrasco, se compró un AHMS, se tiene contratado a Ingenieros Aeronáuticos, un ingeniero mecánico con especialización aeronáutica, 4 inspectores de operaciones, dos inspectores de aeronavegabilidad, un especialista en SMS, uno en Derecho Aeronáutico, uno informático y otro en Recursos Humanos. Asimismo se mantuvo el apoyo a la capacitación del personal y la restructuración de la DINACIA.
1.3 Las figuras a continuación muestran el nivel de "Effective Implementation" del Estado al momento de firmarse este documento:
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo."
1.4 Al momento de firmarse este documento, Uruguay tiene dos "Significant Safety Concerns (SSC)" identificadas por la OACI en Abril 2014 en las áreas de Operaciones y Aeronavegabilidad, concretamente en la habilidad del Estado de supervisar adecuadamente las líneas aéreas y las aeronaves bajo su jurisdicción.
1.5 Estas dos SSCs identificadas están siendo tratadas a través de otro documento de proyecto, el cual potencialmente utilizara fondos del SAFE Fund.
B. JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO
1. Estrategia del proyecto y arreglos institucionales
1.1 La DINACIA será el organismo nacional de contraparte para la ejecución del proyecto.
1.2 La OACI será el organismo de ejecución del proyecto, correspondiéndole asignar el personal de coordinación, contratar los profesionales nacionales requeridos por la DINACIA, así como facilitar y tramitar las becas de capacitación en el exterior.
2. Objetivos estratégicos de la OACI
2.1 Los objetivos del presente proyecto están directamente vinculados con los siguientes objetivos estratégicos de la OACI:
Objetivo estratégico A: Seguridad operacional
Objetivo estratégico C: Protección del medio ambiente y Desarrollo sostenible del transporte aéreo
3. Arreglos de coordinación
3.1 El proyecto mantendrá una íntima relación con las actividades y resultados de los proyectos regionales de cooperación técnica de la OACI en los que el Estado uruguayo participa, dada la afinidad de sus objetivos.
4. Capacidad de apoyo de contraparte
4.1 La DINACIA cuenta en principio con la capacidad, y asume el compromiso para proporcionar los recursos y el apoyo necesario para la operación exitosa del proyecto. Asimismo, tiene la disposición de emprender las reformas legales e institucionales que se consideren necesarias para garantizar que los resultados del proyecto sean sostenibles luego de su finalización.
C. OBJETIVOS INMEDIATOS, RESULTADOS Y ACTIVIDADES
Se exponen en las siguientes páginas. Las abreviaturas empleadas significan:
CN Coordinador Nacional del Proyecto
DINACIA Dirección Nacional de Aviación Civil
e Infraestructura Aeronáutica
TCB Dirección de Cooperación Técnica de la OACI
Objetivo inmediato N° 1
Modernizar y fortalecer a la DINACIA mediante el establecimiento de una estuctura orgánica sólida, dotada de los instrumentos de gestión necesarios y de los recursos humanos calificados que se requieran, a efecto de proveer eficientemente los servicios de navegación aérea y de seguridad operacional, acorde con los avances que experimenta la aviación civil internacional.
Criterios para determinar el éxito:
Indicador # 1 Adopción e implementación apropiada de manuales de
gestión de los recursos humanos, especialmente entre
los funcionarios técnicos especializados de la
DINACIA.
Indicador # 2 Cantidad de semanas/hombre invertidas por año en
instruir y/o actualizar al personal de acuerdo con el
plan anual de capacitación desarrollado.
Indicador # 3 Mejorar la tasa de retención del personal de la
DINACIA.
Resultados
Actividades
Parte responsable
1.1 Estructura orgánica y operativa de la DINACIA consolidada y aprobada. (A, C)
1.1.1 Revisar la estructura orgánica de la DINACIA en función de las responsabilidades que le otorga la ley de Aeronáutica Civil.
DINACIA
1.1.2 Proponer los cambios que sean necesarios en la estructura orgánica de la DINACIA.
DINACIA
1.1.3 Considerar y aprobar los cambios en la estructura orgánica de la DINACIA y los manuales propuestos y disponer su adopción.
DINACIA, CN
1.1.4 Iniciar el proceso de selección del personal técnico y profesional asegurando que se cumplan los requisitos de formación y experiencia estipulados en el Manual de Descripción de Puestos adoptado.
DINACIA, CN
1.1.5 Procesar la solicitud de contratos al personal nacional y autorizar su firma
TCB
1.2 Programa anual de capacitación para los especialistas técnicos y profesionales implementado
1.2.1 Identificar las necesidades de capacitación de los técnicos especialistas y profesionales de acuerdo con los requisitos establecidos en el Manual de Descripción de Puestos y las necesidades de cada puesto.
DINACIA, CN
1.2.2 Determinar y elaborar los programas de instrucción que se requieren para cada especialidad técnica, personal directivo, profesionales y personal de apoyo de la DINACIA.
DINACIA
1.2.3 Aprobar el Programa anual de instrucción y actualización del personal.
DINACIA
1.2.4 Hacer los arreglos necesarios para que la instrucción local cuente con las instalaciones, equipo, material didáctico e instructores requeridos para la ejecución del programa de capacitación.
DINACIA, CN
1.2.5 Elaborar un programa para la instrucción que se imparte en el exterior, que incluya todas las especialidades técnicas y profesionales.
DINACIA
1.2.6 Establecer un procedimiento para seleccionar y nominar los candidatos para los programas de instrucción en el exterior.
CN, DINACIA
1.2.7 Ejecutar la instrucción en el exterior mediante becas.
DINACIA, TCB
1.2.8. Evaluar los resultados de la instrucción.
DINACIA
1.3 Cuadros de personal que permitan a la DINACIA cumplir adecuadamente con todas sus actividades de las áreas de navegación aérea y seguridad operacional contratados y en funciones. (A, C)
1.3.1 Establecer los cuadros de asignación de personal técnico y profesional en concordancia con los componentes respectivos del presupuesto del proyecto y en armonía con el Manual de valoración de cargos y escala salarial vigentes.
DINACIA
1.3.2 Convocar a concurso público para cubrir las vacantes que se produzcan siguiendo los lineamientos del procedimiento para la incorporación de nuevo personal a la DINACIA que figura en el Apéndice A de este documento
DINACIA
1.3.3 Seleccionar el personal a ser contratado, incluyendo las condiciones y sus términos de referencia, en de acuerdo con el Manual de descripción de puestos y el cuadro de asignación de personal correspondiente
DINACIA
1.3.4 Verificar la disponibilidad de fondos y autorizar la emisión de los contratos.
TCB
1.3.5 Controlar la asistencia del personal contratado y el cumplimiento de sus términos de referencia.
DINACIA
1.3.6 Informar oportunamente a la OACI sobre cualquier alteración en la plantilla del personal contratado o en las condiciones de contratación.
DINACIA
1.3.7 Registrar los cambios que se produzcan y emitir los avisos concernientes.
OACI
1.3.8 Garantizar la estabilidad del personal contratado y asegurar que esté debidamente capacitado a fin de que incremente la experiencia en el trabajo y perfeccione su desempeño.
DINACIA
D. INSUMOS
1. Insumos de DINACIA
La DINACIA depositará en fideicomiso en la OACI al comienzo de cada año calendario la suma correspondiente al valor contratado en firme (con obligación firme de pago), más el valor de los costos administrativos de la OACI.
1.1 Personal
1.1.1 La OACI en consulta con la DINACIA designará al Coordinador Nacional del Proyecto, quien asumirá los arreglos administrativos y logísticos que sean necesarios para asegurar la ejecución de las actividades previstas. El Coordinador Nacional no deberá ser sustituido una vez contratado, debiendo mantenerse el mismo coordinador nacional durante todo el proyecto.
1.1.2 Asimismo, la DINACIA designará al personal profesional nacional de contraparte de los consultores e instructores internacionales que puedan ser requeridos.
1.1.3 La DINACIA determinará el personal de apoyo administrativo que requieran los consultores e instructores internacionales, incluyendo secretarias ejecutivas bilingües familiarizadas con la operación de aplicaciones informáticas modernas, personal técnico y administrativo y un chofer-mensajero, durante el tiempo de su asignación.
1.2 Capacitación
1.2.1 Los programas de instrucción que sean necesarios serán determinados por la DINACIA.
1.2.2 Los pasajes para los participantes en los programas de instrucción que se realicen en el exterior serán suministrados con cargo al proyecto.
1.2.3 La DINACIA continuará pagando las remuneraciones habituales al personal que sea becado durante toda la duración de los programas de instrucción en el exterior.
1.3 Locales, equipos y suministros
1.3.1 En el caso que se requiera la contratación de algún experto internacional, la DINACIA proveerá oficinas amobladas y equipadas, facilidades de comunicación telefónica, facsímile local e internacional, correo electrónico, suministros de oficina y las facilidades de reproducción y traducción de documentos que sean necesarias para el desempeño de las funciones del personal internacional a partir del primer día de su asignación hasta la conclusión del proyecto.
1.3.2 Los gastos relacionados con el uso de los locales, la operación y mantenimiento de los equipos y vehículos a ser utilizados por el proyecto, incluyendo los servicios de agua, electricidad, aire acondicionado, teléfono, Internet, facsímile, combustibles, y otros (similares), así como viajes locales dentro del país serán cubiertos por la DINACIA.
1.3.3 La DINACIA proveerá el material fungible, papel, útiles de oficina, suministros para la reproducción de documentos y otros materiales que sean necesarios para el desarrollo de las actividades del proyecto.
2. Insumos de la OACI (pagados por la DINACIA)
2.1 Asignación de personal internacional
2.1.2 El Coordinador Nacional del Proyecto deberá formular el plan de trabajo del proyecto al iniciarse las actividades descritas en este documento, incluyendo las actividades del personal internacional que sea asignado.
2.2 Asignación de personal profesional nacional
2.2.1 El presente proyecto pretende proveer un componente de personal nacional para la DINACIA.
2.2.2 Por componente de personal nacional se entiende la asignación y contratación de personal local de carácter administrativo, profesional y técnico, incluyendo los viajes en comisión del servicio de este personal dentro y fuera del país; el entrenamiento local de personal y la adquisición local de materiales, publicaciones y equipos, de acuerdo con el presupuesto, que podrá revisarse cuantas veces sea necesario para reflejar las necesidades existentes.
2.2.3 El personal local de carácter profesional y técnico será denominado de aquí en adelante Profesional Nacional.
2.2.4 Se proveen fondos para financiar la asignación de la planta de profesionales e inspectores nacionales que sean necesarios para asegurar la efectividad de sus funciones.
2.2.5 Cualquier necesidad de contratación de personal técnico y administrativo que sea requerido por la DINACIA para prestar los servicios previstos en el presente Acuerdo, será realizada mediante una solicitud de contratación que enviará el Coordinador Nacional del proyecto a la Dirección de Cooperación Técnica de la OACI, incluyendo una copia del perfil del puesto del Manual de descripción de puestos, términos de referencias, duración del contrato, propuesta del nivel salarial; documentos que serán evaluados por TCB.
2.2.6 Toda contratación de personal nacional será hecha siguiendo las normas, políticas y procedimientos de la OACI.
2.3 Capacitación
2.3.1 Se proveen partidas para financiar los costos de la capacitación y familiarización local y/o en el exterior del personal nacional, según las necesidades por determinarse que resulten de la ejecución del proyecto.
2.4 Varios
2.4.1 Se proveen partidas para los gastos varios del proyecto, incluyendo la preparación de informes y los gastos administrativos del organismo internacional de ejecución.
E. RIESGOS
1. Los factores principales que podrían ser causa de demora o impedir el logro de los objetivos y resultados del proyecto son:
a) La falta de pago oportuno de la contribución del Gobierno para
cubrir los costos del proyecto;
b) Las posibles dilaciones en los procesos de selección del personal
profesional administrativo del Proyecto;
c) Demoras burocráticas en los procesos de aprobación de candidatos
a los programas de instrucción y misiones del proyecto; y
d) Demoras burocráticas en los procesos de aprobación de las
adquisiciones.
F. VIGILANCIA Y PRESENTACIÓN DE INFORMES DEL PROYECTO
1. El proyecto será monitoreado por lo menos una vez cada año en reuniones tripartita con la participación de la DINACIA, la OACI y el Coordinador Nacional del Proyecto. Estas reuniones se realizarán preferiblemente en el mes de abril de cada año. El Coordinador Nacional del Proyecto preparará y someterá a cada una de las reuniones de examen un informe de monitoreo del proyecto utilizando el formulario que le proporcionará la OACI. Durante la ejecución del proyecto pueden solicitarse, en caso necesario, informes adicionales del mismo tipo.
2. Se deberán realizar teleconferencias cada dos meses entre el Coordinador Nacional del Proyecto, y el OIC de TCB para aclarar sobre el progreso del proyecto basado en el plan de trabajo aprobado y vigente al momento. El Coordinador Nacional del Proyecto deberá preparar y enviar a la OACI la Minuta de cada teleconferencia.
3. El Coordinador Nacional del Proyecto preparará y someterá a la OACI el informe anual del proyecto en conformidad con las prácticas y requerimientos de la OACI.
4. El Coordinador Nacional del Proyecto presentará un informe final del proyecto para su consideración en una reunión final que ser realizara entre DINACIA y la OACI. El borrador de dicho informe se presentará a la OACI al menos cuatro meses antes de la finalización de las actividades del proyecto para que la OACI pueda examinarlo y ajustar sus aspectos técnicos antes del examen final.
5. El Coordinador Nacional del Proyecto hará los arreglos necesarios para obtener estadísticas confiables para medir estos indicadores e incluir el resultado en el informe anual del proyecto.
6. Las partes determinarán coordinadamente si el proyecto deberá someterse a una evaluación. Si así se decidiera, se efectuarán las previsiones presupuestarias necesarias y los arreglos, mediante consultas entre las partes signatarias del documento de proyecto, sobre la organización de la misión de evaluación, sus términos de referencia y el tiempo en que deba llevarse a efecto.
7. Los siguientes tipos de revisiones al presente documento de proyecto podrán realizarse con la aprobación del organismo de ejecución únicamente, siempre que dicho organismo cuente con seguridades de que los demás signatarios del documento de proyecto no tienen objeciones a los cambios propuestos:
a) Revisiones de cualquiera de los adjuntos del documento de
proyecto o adiciones a ellos;
b) Revisiones que no impliquen cambios significativos en los
objetivos inmediatos, los resultados o las actividades del
proyecto, pero que se deban a una redistribución de los insumos
ya acordados o a aumentos de los gastos, debidos a la inflación;
y
c) Revisiones anuales obligatorias mediante las que se insertan las
entregas de los insumos acordados para el proyecto o se aumentan
los gastos debido a la inflación o se tiene en cuenta el margen
de flexibilidad del organismo de ejecución en materia de gastos.
8. Todos los documentos proporcionados por el Gobierno, así como todos los documentos (informes, estudios u otros), preparado por la OACI y el equipo de consultores se considerará estrictamente confidencial y sólo será compartida con otras instituciones y/u organizaciones con la autorización expresa y por escrito de la DINACIA.
9. La OACI proporcionará a la DINACIA los estados financieros no auditados concernientes a los Servicios comprendidos en el presente documento, indicando el estado de los fondos, en dólares estadounidenses. Cualquier aclaración o discrepancia con los estados financieros deberá ser comunicada oficialmente a la OACI durante los primeros 30 días después de la recepción de los mismos, luego de lo cual se considerarán aceptados por el Gobierno.
10. En caso de requerirse información adicional o luego de los plazos establecidos en el párrafo anterior, los costos relacionados a dicha información serán cargados al Proyecto, previa aprobación del Estado.
G. PRESUPUESTO
1. En la página siguiente se incluye el presupuesto del proyecto.
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo."
H. COSTOS ADMINISTRATIVOS DE LA OACI.
1. Por los servicios de asesoramiento técnico de licitación internacional de las adquisiciones y por la dirección y administración del proyecto, la OACI recibirá de la DINACIA una compensación por cada línea de presupuesto de acuerdo a lo especificado en la siguiente tabla:
BL
Descripción
Porcentaje
11
Profesionales internacionales
10%
13
Personal de apoyo administrativo
10%
15
Viajes oficiales
10%
16
Gastos de misiones internacionales
10%
17
Profesionales nacionales
10%
20.01
Sub-contratos locales
10%
31.01
Becas individuales
10%
32.01
Capacitación en grupo
10%
45.01
Equipo fungible
10%
45.02
Equipo no fungible internacional
CAPS*
45.03
Operación y mantenimiento de equipo
CAPS*
52.01
Costos de informes
10%
53.01
Gastos varios
10%
2. En el caso de equipos y sub-contratos, tanto internacionales como nacionales, se aplicará una compensación por cada contrato de conformidad con la escala de cobros del Acuerdo CAPS, en los siguientes porcentajes:
Importe de la compra / servicio en USD
Porcentaje
Hasta 100 000
10%
Excedente desde 100 001 y hasta 1 000 000
6%
Excedente desde 1 000 001 y hasta 3 000 000
4%
Excedentes de 3 000 000
3.5%
3. El valor de cada contrato será el valor total licitado y contratado, aunque se ejecute en fases diferentes.
4. Los porcentajes de costos administrativos especificados más arriba han sido acordados por la OACI sobre la base de un nivel de ejecución de US$ 20,861,895 distribuidos en diez años según se refleja en el presupuesto del proyecto. En la eventual circunstancia de una disminución en los niveles anuales de ejecución establecidos, la OACI se reserva el derecho de modificar dichos porcentajes de costos administrativos.
I. CALENDARIO DE PAGOS
1. Con el fin de que la OACI pueda firmar los contratos y responsabilizarse de los pagos bajo dichos contratos, la DINACIA depositará en fideicomiso en la OACI al comienzo de cada año calendario la suma correspondiente al valor contratado en firme (con obligación firme de pago), más el valor de los costos administrativos de la OACI, conforme al siguiente calendario de pagos:
2016
2017
2018
2019
USD $ 1,100,000
USD $ 1,100,000
USD $ 1,100,000
USD $ 550,000
2. Las fases necesarias, si las hubiera, se ejecutarían a medida que la OACI reciba los pagos adicionales correspondientes, hasta sumar el valor total de cada contrato.
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