Fecha de Publicación: 08/05/2020
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

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   En el presente caso, los 15 minutos diarios de difusión a que refiere la norma legal habilitante se fraccionarán en los espacios, segundos/minutos y horarios según las pautas que se agregan en Anexo adjunto y que se considera parte integrante de la presente Resolución. Los referidos spots no deberán repetirse en una misma tanda.
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