Resolución 4/008
Autorízase el llamado a Licitación Pública Internacional para la Concesión
de la Explotación de un Hotel y Casino en Rivera.
(157*R)
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 10 de Enero de 2008
VISTO: La conveniencia de promover el desarrollo turístico en el
departamento de Rivera.
RESULTANDO: Que a esos efectos se ha entendido pertinente autorizar la
explotación en régimen de concesión de un Hotel y Casino en Rivera.
CONSIDERANDO: I) Que los Ministerios de Economía y Finanzas, de Turismo y
Deporte y la Intendencia Municipal de Rivera han proyectado las Bases para
el Llamado a Licitación Pública Inernacional para la Concesión de la
Explotación de un Hotel y Casino en Rivera.
II) Que en tal virtud se autorizará la realización del llamado
correspondiente.
ATENTO: A lo expresado y a lo dispuesto por la Ley N° 15.851 de 24 de
diciembre de 1986, artículo 84 y Decreto Ley N° 14.335 de 23 de diciembre
de 1974.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Apruébanse las Bases para el llamado Licitación Pública Internacional
para la Concesión de la Explotación de un Hotel y Casino en Rivera, que se
adjunta y forma parte de la presente.
Intégrase la Comisión Asesora de Adjudicaciones con dos representantes
del Ministerio de Economía y Finanzas, Dra. Esc. Patricia de los Santos y
Arq. Héctor Ambrosio Sotto, dos funcionarios del Ministerio de Turismo y
Deporte, Dr. Gastón Gianero y Arq. Guillermo Ceretti y un funcionario de
la Intendencia Municipal de Rivera, Ec. Alejandro Ramos.
Cométase la fijación de la fecha de apertura de las ofertas al Ministerio
de Turismo y Deporte, así como todo el procedimiento licitatorio, con
excepción de la adjudicación y la declaración de desierta o el rechazo de
las ofertas en su caso, que deberá realizarla el Poder Ejecutivo.
Comuníquese, publíquese y vuelva al Ministerio de Turismo y Deporte.
Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; HECTOR LESCANO; DANILO
ASTORI.
LAS BASES PARA EL LLAMADO SE ENCUENTRAN EN LA PAGINA WEB DEL MTD:
WWW.MINTUR.GUB.UY