Resolución 352/025
Ratifícase la Resolución del Ministerio de Educación y Cultura 78/023, de fecha 24 de marzo de 2023, por la que se declaró Monumento Histórico Nacional, la obra vial que forman los dos puentes ondulados, puente Leonel Viera y puente Ing. Alberto Ponce Delgado, ubicados en la Ruta 10 sobre la barra que forma el arroyo Maldonado en su desembocadura en el Océano Atlántico.
(6.187*R)
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Montevideo, 3 de Diciembre de 2025
VISTO: la Resolución dictada en ejercicio de atribuciones delegadas por el Ministerio de Educación y Cultura N° 78/023, de 24 de marzo de 2023;
RESULTANDO: I) que por dicha Resolución se declaró como Monumento Histórico Nacional, la obra vial que forman los dos puentes ondulados, puente Leonel Viera y puente Ing. Alberto Ponce Delgado, ubicados en la Ruta 10 sobre la barra que forma el arroyo Maldonado en su desembocadura en el Océano Atlántico, Departamento de Maldonado;
II) que de acuerdo a lo previsto por el artículo 137 del Decreto N° 500/991 las Resoluciones de las que se ordene su publicación, serán numeradas correlativamente en series que abarcarán cada una, un año completo, por lo que corresponde publicar la presente Resolución;
CONSIDERANDO: que en mérito a las razones invocadas y a fin de subsanar la omisión señalada ut supra, resulta pertinente ratificar la Resolución dictada en ejercicio de atribuciones delegadas por el Ministerio de Educación y Cultura N° 78/023, de 24 de marzo de 2023, la que se adjunta como anexo y se consideran parte integrante de la presente Resolución;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 137 del Decreto N° 500/991 y a lo informado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
- en ejercicio de atribuciones delegadas -
RESUELVE:
Ratifícase la Resolución dictada en ejercicio de atribuciones delegadas por el Ministerio de Educación y Cultura N° 78/023, de 24 de marzo de 2023, la que se adjunta como anexo y se considera parte integrante de la presente Resolución.
Cumplido, remítanse las presentes actuaciones a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura a todos los efectos que puedan corresponder.
JOSÉ CARLOS MAHÍA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
R. 78/023
MEC/78
Montevideo, 24 de Marzo de 2023
VISTO: la gestión promovida por la Cámara de Representantes ante la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, para que sea declarado Monumento Histórico Nacional, la obra vial que forman los dos puentes ondulados, puente Leonel Viera y puente Ing. Alberto Ponce Delgado ubicados en la Ruta 10 sobre la barra que forma el arroyo Maldonado en su desembocadura en el Océano Atlántico, Departamento de Maldonado;
RESULTANDO: I) que el conjunto lo forman ambos puentes que unen la Avenida Eduardo Víctor Haedo, con la rotonda ubicada en la margen sur, que enlaza las calles Rambla Vieja, Rambla Lorenzo Bade Pacheco, calle José Cúneo y Avenida Aparicio Saravia;
II) que las cabeceras sur de ambos puentes están rodeadas por el espacio entrepuentes y los espacios públicos comprendidos entre la margen derecha del arroyo (aguas abajo) y los padrones urbanos números 23794, 3730 y 3726 del Departamento de Maldonado;
III) que las cabeceras norte de ambos puentes están rodeadas por el espacio entrepuentes y los espacios públicos comprendidos entre la ribera izquierda del arroyo (aguas abajo) y los padrones 2467, 2432, 2454, 2403 y 17637 del Departamento de Maldonado;
IV) que el puente Leonel Viera fue inaugurado el 29 de junio de 1963 y constituye "...una estructura singular pues se extiende sin apoyos intermedios en 90 m de luz, trabajando como una estructura colgante entre los apoyos extremos. La longitud total de 150 m..." (Rev. 100 años de ingeniería construyendo el Uruguay 1905-2005 Asociación de Ingenieros del Uruguay, pág. 96 a 99);
V) que es el resultado del proyecto que en 1962 realizara el señor Leonel I. Viera Ríos, cuyo cálculo estructural se llevó a cabo junto al Ing. de Zárate Peyre, participando además ingenieros consultantes de John A Roeblin Sons Co (USA), la empresa contratista Neyeloff y Barrandeguy;
VI) que desde su inauguración fue considerado una obra innovadora y original, dado que su forma reduce naturalmente la velocidad de los coches y con eso preserva la vida y la propia estructura;
VII) que en el año 1998, treinta y cinco años después de construido el primer puente, se contrató la construcción de un puente paralelo con la condición de conservar su forma y dimensiones exteriores al existente;
VIII) que el nuevo puente fue proyectado y calculado por el Ing. Alberto Ponce Delgado e inaugurado el 30 de diciembre de 1999;
IX) que el segundo puente tiene una concepción estructural diferente, al estar constituido por dos pórticos laterales y un tramo central llenado en sitio;
X) que el Ing. Alberto Ponce Delgado tuvo el desafío de igualar la forma y dimensiones del primero con un procedimiento constructivo diferente;
CONSIDERANDO: I) que la construcción de ambos puentes, fruto de la experiencia profesional de los técnicos actuantes, ha permitido una fluida comunicación en la costa del Departamento de Maldonado, promoviendo el desarrollo económico, turístico y cultural del país;
II) que la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación entiende que los puentes son un elemento identitario, no solo para la comunidad departamental donde están emplazados, sino para el conjunto del país, dado que ambos son una marca referencial de uno de los principales lugares turísticos del país conocido a nivel internacional;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto en la Ley N° 14.040 de 20 de octubre de 1971, sus modificativas, concordantes y complementarias, el Decreto N° 536/972 de 1° de agosto de 1972, el literal b) del numeral 1° de la Resolución del Poder Ejecutivo N° 409/006 de 1° de junio de 2006 y a lo informado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
- en ejercicio de atribuciones delegadas -
RESUELVE:
1ro.- Declarar Monumento Histórico Nacional, la obra vial que forman los dos puentes ondulados, puente Leonel Viera y puente Ing. Alberto Ponce Delgado, ubicados en la Ruta 10 sobre la barra que forma el arroyo Maldonado en su desembocadura en el Océano Atlántico, Departamento de Maldonado.
2do.- La declaratoria comprende los componentes de la infraestructura y superestructura de ambos puentes, así como las cuatro cabeceras -terraplenes, los accesos, los espacios entrepuentes y bajo ellos.
3ro.- El conjunto de los puentes y lo individualizado en el numeral anterior de la presente, quedan gravadas por las servidumbres previstas en el artículo 8 de la Ley N° 14.040, de 20 de octubre de 1971.
4to.- Comuníquese a la Dirección de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, al Registro de la Propiedad Inmueble de Maldonado, a la Intendencia de Maldonado y a la Junta Departamental de Maldonado.
5to.- Publíquese en el Diario Oficial.
6to.- Pase a la Comisión del Patrimonio Cultura de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura a todos los efectos que puedan corresponder.
Dr. Pablo da Silveira, Ministro de Educación y Cultura.