Fecha de Publicación: 05/04/1978
Página: 29-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

6

A los efectos del control y seguimiento, la empresa S.A. Fábrica Uruguaya
de Alpargatas deberá documentar ante el Ministerio de Industria y Energía,
anualmente y durante los años 1 a 5 de la puesta en marcha del proyecto,
los volúmenes físicos y en valores monetarios producidos y los exportados,
sin perjuicio de toda otra información que le sea requerida.
Ayuda