Fecha de Publicación: 27/05/2008
Página: 382-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE

Resolución 339/008

Declárase promovido el proyecto de inversión presentado por la empresa
HOTEL COTTAGE S.A.
(1.035*R)

MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                            Montevideo, 19 de Mayo de 2008

VISTO: La solicitud de la firma HOTEL COTTAGE S.A. tendiente a obtener la
declaratoria promocional para la actividad que se propone realizar según
su proyecto de inversión y la concesión de diversos beneficios
promocionales.

RESULTANDO: I) Que el proyecto presentado tiene como cometido la
ampliación del Hotel Cottage, construyendo 27 habitaciones y remodelando
las 36 existentes, nuevas salas de eventos, ampliación de bar y cafetería,
entre otros.

II) Que la Comisión de Aplicación creada por el artículo 12 de la Ley
16.906 de 7 de enero de 1998, recomienda la declaratoria promocional para
la actividad del proyecto de inversión presentado por HOTEL COTTAGE S.A. y
propone medidas promocionales.

CONSIDERANDO: Que el proyecto presentado por la firma HOTEL COTTAGE S.A.,
de acuerdo con lo informado por el Ministerio de Turismo y Deporte, es
viable técnica, financiera y económicamente.

ATENTO: A lo expuesto y a lo establecido en los Decretos Nº 175/003 del 7
de mayo de 2003, Nº 350/004 de 29 de setiembre de 2004 y Nº 262/005 de 29
de agosto de 2005.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Declárase promovido, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la
Ley Nº 16.906 de 7 de enero de 1998 e inciso a. del artículo 1º del
Decreto Nº 175/003 del 7 de mayo de 2003, el proyecto de inversión
presentado por la empresa HOTEL COTTAGE S.A. para la ampliación del Hotel
Cottage por un monto total de inversión de U$S 3:010.000 (dólares
americanos tres millones diez mil) a construirse en Montevideo.

2

 Autorízase a la empresa HOTEL COTTAGE S.A. a usufructuar el beneficio
previsto en el artículo 3º inciso a. del Decreto Nº 175/003, otorgamiento
de un crédito por el Impuesto al Valor Agregado y por la Contribución al
Financiamiento de la Seguridad Social incluidos en la adquisición en plaza
de bienes y servicios destinados a la construcción (infraestructura y obra
civil), por un monto imponible de hasta U$S 1:828.831 (dólares americanos
un millón ochocientos veintiocho mil ochocientos treinta y uno).

3

 Autorízase a la empresa HOTEL COTTAGE S.A. a usufructuar el beneficio
previsto en el artículo 3º inciso b. del Decreto Nº 175/003, exoneración
del Impuesto al Valor Agregado y de la Contribución al Financiamiento de
la Seguridad Social a las importaciones de bienes destinados a las
construcciones (Infraestructura y Obra Civil), cuyo listado obra anexo a
la presente, por un monto imponible de hasta U$S 252.300 (dólares
americanos doscientos cincuenta y dos mil trescientos).

4

 Autorízase a la empresa HOTEL COTTAGE S.A. a usufructuar el beneficio
previsto en el artículo 3º inciso e. del Decreto Nº 175/003, otorgamiento
de un crédito por el Impuesto al Valor Agregado y por la Contribución al
Financiamiento de la Seguridad Social incluidos en la adquisición en plaza
de los bienes de activo fijo destinados al equipamiento, cuyo listado obra
anexo a la presente, por un monto imponible de hasta U$S 133.437 (dólares
americanos ciento treinta y tres mil cuatrocientos treinta y siete).

5

 Autorízase a la empresa HOTEL COTTAGE S.A. a usufructuar las
exoneraciones previstas en el artículo 3º inciso f. del Decreto Nº
175/003, exoneración del Impuesto al Valor Agregado y de la Contribución
al Financiamiento de la Seguridad Social a las importaciones de bienes de
activo fijo destinados al equipamiento, cuyo listado obra anexo a la
presente, por un monto imponible de hasta U$S 297.893 (dólares americanos
doscientos noventa y siete mil ochocientos noventa y tres).

6

 Autorízase a la empresa HOTEL COTTAGE S.A. a usufructuar la exoneración
del 50% de todos los tributos que graven las importaciones de materiales y
bienes de obra civil e infraestructura por un monto imponible de hasta U$S
252.300 (dólares americanos doscientos cincuenta y dos mil trescientos) y
a los bienes de activo fijo destinados al equipamiento, por un monto
imponible de hasta U$S 297.893 (dólares americanos doscientos noventa y
siete mil ochocientos noventa y tres), de acuerdo con lo dispuesto por el
artículo 3º inciso g. del Decreto Nº 175/003.

7

 Los bienes que se incorporen con destino a la Obra Civil e
Infraestructura, para llevar a cabo la actividad del Proyecto de Inversión
aprobado, por un monto máximo de US$ 2:339.106 (dólares americanos dos
millones trescientos treinta y nueve mil ciento seis) se podrán computar
como activos exentos a efectos de la liquidación del Impuesto al
Patrimonio por el término de 11 años y los bienes de Activo Fijo
destinados al equipamiento, por un monto máximo de US$ 431.330 (dólares
americanos cuatrocientos treinta y un mil trescientos treinta) por el
término de 5 años. En ambos casos a partir del ejercicio de su
incorporación inclusive. A los efectos del cálculo del pasivo computables
los citados bienes serán considerados activos gravados.

8

 Al solo efecto de la liquidación del Impuesto a la Renta las inversiones
que se realicen en la construcción, mejora o ampliación previstas en el
proyecto aprobado, podrán ser amortizadas en quince años. Las inversiones
en el equipamiento podrán ser amortizadas en cinco años.

9

 Los beneficios previstos en los numerales precedentes serán aplicables
exclusivamente a las inversiones realizadas entre el 1 de enero de 2008 y
el 28 de febrero de 2009.

10

 Los beneficios otorgados por esta resolución sólo podrán utilizarse en
proporción equivalente a la implementación de la inversión
correspondiente.

11

 A  los efectos del control y seguimiento, la empresa HOTEL COTTAGE S.A.
deberá informar anualmente, ante la Comisión de Aplicación y en forma
simultánea ante el Ministerio de Turismo y Deporte, respecto de la
implantación del proyecto durante los años de implementación física del
mismo y durante los años 1 a 10, sobre la ejecución y cumplimiento de las
metas del proyecto, así como del uso de los beneficios promocionales
otorgados según esta Resolución.

12

 Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas vigentes
emanadas de las autoridades competentes en la implantación y
funcionamiento del presente proyecto, así como a los objetivos respecto al
proyecto presentado. Su incumplimiento podrá, cuando a ello hubiere
mérito, traer aparejado de oficio o a petición de parte, la revocación de
la declaratoria promocional, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº
16.906 en su artículo 14º y el artículo 13º del Decreto Ley Nº 14.178 de
28 de marzo de 1974 y demás disposiciones concordantes o que se
establezcan sin perjuicio de la reliquidación de tributos, multas y
recargos que puedan corresponder en caso de verificarse el incumplimiento.

13

 Vuelva al Ministerio de Turismo y Deporte a sus efectos.
Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; HECTOR LESCANO; DANILO
ASTORI.

          HOTEL COTTAGE S.A.

   Cant.     EQUIPAMIENTO PLAZA
                    Hall Acceso
     1     CAMINERO CENTRAL
     4     BUTACAS ESPERA
     2     LAMPARAS DE PIE
     2     MESAS
                    Recepción/Restaurante
     1     MESA TIPO ISLA RUSTICA
     12    BANCOS P/ISLA
     5     SILLAS
     1     MESA
                    Terraza exterior
     6     MESAS REDONDAS TEKA O LAPACHO
            Restaurant + Bar + Sala de Eventos + Café
     6     MESAS CUADRADAS TEKA O LAPACHO
     48    SILLAS USO EXTERIOR
     200   SILLAS APILABLES
     20    MESAS PLEGABLES
     2     CARROS TRANSPORTADOR SILLAS
     1     TARIMA PLEGABLE
     12    CONTENEDORES ORIENTALES
                    Playroom
     2     SILLONES BIBLIOTECA + TELA
     6     MESAS SILLONES BIBLIOTECA
     1     SILLON L + TELA
     1     MESA OVALADA
     2     SILLAS ALUMINIO CUERO + POTRO
     2     TOLOMEO - MESA
     1     BANQUETA PALIER CUERO
     2     CAMASTRO LAPACHO + CUERINA
     1     MESA RECTANGULAR LAPACHO
     4     FAROLES PISO
                    Oficina Gerente
     1     ESCRITORIO
     1     SILLA
     2     BUTACAS
     1     MUEBLE ARCHIVO BAJO
     1     SILLON
     1     LAMPARA
     1     MESA
     1     PERCHERO
            Puestos Adm./Sala de Reuniones/Esp. Adm.
     4     ESCRITORIOS COMPLETOS
     16    SILLAS
     3     MUEBLE ARCHIVO
     1     MESA
     1     MESA APOYO
     1     SILLON
     2     MESAS LATERALES
                    Hidromasaje/Bar Piscina
     10    REPOSERAS
     15    COLCHONETAS
     8     MESAS
     7     SOMBRILLAS C/BASE
     8     FAROLES PISO EXTERIOR
     2     DISPENSADOR DE AGUA C/LIMON
     1     TANDEM DE ESPERA O BANQUETA
     5     MESAS
     15    SILLAS
     5     LAMPARAS COLGANTES
           Comedor Personal/Vigilancia Subsuelo/Depósito
     3     MESAS
     14    SILLAS
     1     ESCRITORIO
                    Lavadero
     1     ESCRITORIO
     1     SILLA
                    Habitación
     65    SOMMIER + COLCHON
     105   CUBRECOLCHON
     220   ALMOHADAS
                    Business Center - Sala 1/Sala 2
     1     MESA GRANDE
     23    SILLAS
     1     MESITA
     1     MESA DE APOYO
     1     MONITOR 50" CON PIE
     1     MESA
     1     CORTINAS ROLLER Y VENECIANA MADERA
     1     CORTINAS
                    Equipamiento y Suministros
     1     REGISTRADORA
     1     TICKETEADORA
     Cant.          EQUIPAMIENTO IMPORTADO
                    Recepción/Restaurant
     2     PANTALLAS COLGANTES
     6     BUTACAS
     2     MESITAS
     22    MESAS CUADRADAS
     1     MESA OVALADA
     4     MESAS REDONDAS
     45    SILLAS
     6     SILLONES EN CUERO
     2     MESAS BUFFET
     3     MESAS AUXILIAR MOZOS O VITRINA
                    Café - Lounge
     13    SILLONES MODULOS
     25    BUTACAS
     10    MESAS CUADRADAS
     7     MESAS REDONDAS
     5     TABURETE - BARRA
     5     LAMPARAS PARED
                    Playroom
     12    LAMPARAS
     1     PLASMA 50" C/SOPORTE
     2     LAMPARAS DE PIE
                    Habitación
     65    RESPALDO CUERO O MADERA
     65    MESAS DE LUZ
     65    LAMPARAS MESA DE LUZ
     33    LAMPARA ESCRITORIO
     33    ESCRITORIO MADERA
     35    FRIGOBAR
     33    BANQUETA MOVIL
     33    CAJAS DE SEGURIDAD
     33    TV 32" LCD
     33    SOPORTE PARED
     33    BANQUETA APOYAVALIJAS
                    Equipamiento y Suministros
     1     LUMINARIAS
     1     CENTRAL TELEFONICA

                   OBRA CIVIL IMPORTADA
     ASCENSOR SIN SALA DE MAQUINAS
     SISTEMA DE AIRE ACONDICIONADO
     GRIFERIAS
     ACCESORIOS PARA BAÑOS
     APARATOS SANITARIOS
     HERRAJES
     TEJAS TUFFTLLE
     HERRERIA
     ESTANTERIAS EN DESPENSAS
     EQUIPOS DE FRIO P/CAMARAS FRIGORIFICAS
     SISTEMA CCTV
     CONTROL DE ACCESO
     SISTEMA DE AUDIO CENTRALIZADO X INTENET
     GRUPO ELECTROGENO


		
		Ayuda