Fecha de Publicación: 18/02/2002
Página: 538-A
Carilla: 20

MINISTERIO DE TURISMO

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 Autorízase a la empresa CENTROAMERICANA S.A. a usufructuar las 
exoneraciones previstas en el artículo 3 inciso f. del Decreto Nº 
124/001, exoneración del Impuesto al Valor Agregado, a las importaciones 
de bienes destinados al equipamiento, cuyo listado obra anexo a la 
presente, por hasta un monto imponible de U$S 21.067 (dólares americanos 
veintiún mil sesenta y siete).
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