Fecha de Publicación: 08/01/2002
Página: 168-A
Carilla: 16

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Resolución 1.944/001

Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado por 
CONAPROLE, y se exonera en forma total a la misma de los Impuestos que se 
determinan.
(17*R)

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
  MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA 

                                       Montevideo, 26 de diciembre de 2001
                                                                          
VISTO: la solicitud de la COOPERATIVA NACIONAL DE PRODUCTORES DE LECHE 
(CONAPROLE) tendiente a obtener la declaración de promovido, al amparo de 
lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 17.243 de 29 de junio de 
2000, del proyecto de inversión para la adquisición de equipos 
informáticos y de software que se instalarán en los establecimientos de 
hasta 1.000 (un mil) socios cooperarios, que integran el listado que se 
anexa;

RESULTANDO: I) que el proyecto provee a los socios cooperarios de la 
herramienta informática necesaria para mejorar la gestión de sus 
establecimientos y facilita la transmisión de información entre los 
tambos y la Cooperativa, todo lo cual se traducirá en una mejora en la 
eficiencia de la producción primaria e industrial;

II) que la Comisión de Aplicación, creada por el artículo 12º, de la Ley 
Nº 16.906, de 7 de enero de 1998, considera que, sin perjuicio de la 
aplicación de los beneficios establecidos por dicha ley, en sus artículos 
7º y 8º, en lo referido a la exención de I.V.A. a la importación y 
enajenación de equipos para el procesamiento electrónico de datos, 
corresponde la declaración promocional para la actividad del proyecto de 
inversión presentado por CONAPROLE y propone medidas promocionales;

CONSIDERANDO: que de acuerdo a lo informado por el Ministerio de 
Ganadería, Agricultura y Pesca, el proyecto presentado por CONAPROLE es 
viable financiera y económicamente y cumple con lo dispuesto en el 
artículo 9º de la Ley Nº 17.243, pues se trata de "actividades 
desarrolladas por agrupamientos o conjuntos de productores agropecuarios 
tendientes a la reducción de costos y a la aplicación de nuevas 
tecnologías que hagan posible mejorar los volúmenes de producción y la 
rentabilidad de sus establecimientos";

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a la recomendación efectuada por 
la Comisión de Aplicación conforme al artículo 12º de la Ley Nº 16.906, 
del 7 de enero de 1998; a lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 
17.243 del 29 de junio de 2000; a las demás disposiciones aplicables de 
la Ley Nº 16.906 y su decreto reglamentario Nº 92/998 de 21 de abril de 
1998;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

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 Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado 
por CONAPROLE, que tiene como finalidad la adquisición de equipamiento 
informático para hasta 1.000 (un mil) establecimientos lecheros de sus 
socios cooperarios que integran el listado que se anexa.


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