Fecha de Publicación: 30/10/2001
Página: 254-A
Carilla: 32

MINISTERIO DE TURISMO

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 A los efectos del control y seguimiento, la empresa LOTIDER S.A. deberá 
informar anualmente, ante la Comisión de Aplicación y en forma simultánea 
ante el Ministerio de Turismo, respecto de la implantación del proyecto 
durante los años de implementación física del mismo y durante los años 1 
a 10, sobre la ejecución y cumplimiento de las metas del proyecto, así 
como del uso de los beneficios promocionales otorgados según esta 
Resolución.
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