Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos el Comando General de la
Fuerza Aérea. Cumplido, archívese. SANGUINETTI - RAUL ITURRIA - LUCIO CACERES.
Resolución Nº 143/95
Dirección General de Aviación Civil
Montevideo, 13 de noviembre de 1995
Visto: La solicitud de la empresa LAB AIRLINES (Lloyd Aéreo Boliviano
Sam) de realizar una nueva frecuencia en la ruta Montevideo - Asunción -Santa Cruz de Bolivia y viceversa sin derechos comerciales en Asunción del
Paraguay a partir del 14 de noviembre de 1995.
Resultando: I) Que la nueva frecuencia está prevista y aceptada en la
Reunión de Consulta realizada entre las Autoridades Aeronáuticas de
Bolivia y Uruguay los días 9 y 10 de agosto de 1995.
II) Que lo inmediato de las operaciones hace necesaria la aplicación
del artículo 2º del Decreto del Poder Ejecutivo 1124 de 4 de junio de
1941.
Atento: A lo dispuesto por el artículo 106 del Código Aeronáutico.
El Director General de Aviación Civil
RESUELVE:
1º.- Autorízase en los términos del artículo 2º del Decreto del Poder
Ejecutivo 1124 de 4 de junio de 1941, a la empresa LAB AIRLINES (Lloyd
Aéreo Boliviano Sam) a realizar una tercera frecuencia semanal en la ruta
Montevideo - Asunción - Santa Cruz de Bolivia y viceversa sin derechos
comerciales en Asunción del Paraguay a partir del 14 de noviembre de
1995.
2º.- Notifíquese, tome conocimiento la División Transporte Aéreo
Comercial y vuelva a la Asesoría Letrada a sus efectos.
El Director General de Aviación Civil, Cnel. (Av.) JORGE M. R. MÉNDEZ.