Autorízase a la empresa RONDILCOR S.A. a usufructuar las exoneraciones
previstas en el artículo 3º inciso f. del Decreto Nº 175/003, exoneración
del Impuesto al Valor Agregado a las importaciones de bienes de activo
fijo destinados al equipamiento, cuyo listado obra anexo a la presente,
por un monto imponible de hasta UI 115.130 (Unidades Indexadas ciento
quince mil ciento treinta).