Fecha de Publicación: 17/12/1997
Página: 642-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

6

Fíjase en US$ 1:958.256 (dólares de los Estados Unidos de América, un
millón novecientos cincuenta y ocho mil doscientos cincuenta y seis),
excluído el Impuesto al Valor Agregado correspondiente, el monto de la
garantía prevista en el ordinal 8º de la Resolución del 26 de febrero de
1992, que Chihuahua Club S.A. deberá constituir previamente a la
iniciación de las obras correspondientes. El Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, podrá promover la revocación de la concesión en caso de
comprobar que dicha garantía no hubiese quedado constituída previamente a
la iniciación de las obras citadas.
Ayuda