Exonérase a la empresa Frigorífico Pesquero del Uruguay (FRIPUR S.C.), en
forma total del Impuesto Unico a la Actividad Bancaria (Título 23 T.O.
1976) para los préstamos bancarios de que haga uso la empresa para la
implantación y funcionamiento del proyecto, hasta el año 10 (diez) de
funcionamiento de éste (Artículo 8, literal A) de la ley 14.178 de
Promoción Social).